Publicidad
No todo es rechazo: el voto favorable de la derecha en la Convención Opinión

No todo es rechazo: el voto favorable de la derecha en la Convención

Claudio Fuentes S.
Por : Claudio Fuentes S. Profesor Escuela Ciencia Política, Universidad Diego Portales. Investigador asociado del Centro de Estudios Interculturales e Indígenas (CIIR)
Ver Más

Lo interesante aquí es que en varios temas sustantivos los y las convencionales de derecha han votado a favor. Por ejemplo, de los 37 votos de la derecha, en el artículo que define que el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones se renovarán cada 4 años y que tomarán decisiones por la mayoría, la derecha lo apoyó con 10 votos; sobre las familias, 11 votos; deber del Estado de tomar medidas para erradicar violencia de género, 12 votos; indivisibilidad del territorio nacional, 15 votos; el principio de facilitar la participación ciudadana, 15 votos; Chile, país oceánico y deber del Estado de su protección, 16 votos; Estado laico, 23 votos; solidaridad, cooperación y asociatividad territorial en el Estado regional, 26 votos; responsabilidad fiscal de las entidades territoriales, 31 votos; sobre la comuna autónoma, 33 votos; principio de no tutela territorial, 34 votos; probidad y transparencia, 35 votos.


En una columna de opinión, Juan Antonio Valenzuela critica la argumentación que entregué en un texto sobre el comportamiento de la derecha en la Convención Constitucional en términos de la votación. Valenzuela plantea dos críticas: primero, que al observar los patrones de votación de la Convención, podría ser que la derecha concurriera con su voto en artículos no problemáticos o más neutros, por lo que el análisis podría estar sesgado; segundo, que no estaría mostrando toda la realidad, pues no considero otras votaciones como las rechazadas por la derecha. Además, el autor entrega una opinión respecto de la inconveniencia de aprobar una Constitución cuando “los dos tercios compuestos únicamente por las izquierdas en el Pleno doten de legitimidad procedimental al texto definitivo, pero no de legitimidad sustantiva”.

En lo que sigue, intentaré hacerme cargo de estos tres argumentos.

El objetivo del artículo original fue intentar derribar un mito sobre el proceso de aprobación de la nueva Constitución. Como los colectivos de centro e izquierda totalizan 117 votos (76%) y los representantes de derecha alcanzan solo 37 votos (24%), entonces si las fuerzas de centro e izquierda se pusieran de acuerdo, podrían escribir una Constitución sin ningún voto de derecha. Me interrogué si efectivamente aquello estaba pasando.

Como en el debate político está instalada la percepción de que la derecha no está aprobando nada del texto, entonces resultaba útil analizar los patrones de votación. Al observar los primeros 117 artículos aprobados para el borrador (219 indicaciones), se advierte que en el 80% de los artículos aprobados a esa fecha, al menos un convencional de derecha había votado a favor. En el 35% de los artículos aprobados, al menos la mitad de los convencionales de derecha los había apoyado. En otras palabras, el supuesto de un borrador apoyado solo por constituyentes de centro e izquierda no se sostiene.

Ahora bien, la inquietud de Valenzuela es totalmente válida, pues podría darse el caso de que todos los artículos que apoya la derecha sean secundarios o formales, como por ejemplo el título de un apartado, o normas muy irrelevantes. Por lo mismo, es importante observar los temas específicos en los que la derecha concurre con su voto.

Lo interesante aquí es que en varios temas sustantivos los y las convencionales de derecha han votado a favor. Por ejemplo, de los 37 votos de la derecha, en el artículo que define que el Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones se renovarán cada 4 años y que tomarán decisiones por la mayoría, la derecha lo apoyó con 10 votos; sobre las familias, 11 votos; deber del Estado de tomar medidas para erradicar violencia de género, 12 votos; indivisibilidad del territorio nacional, 15 votos; el principio de facilitar la participación ciudadana, 15 votos; Chile, país oceánico y deber del Estado de su protección, 16 votos; Estado laico, 23 votos; solidaridad, cooperación y asociatividad territorial en el Estado regional, 26 votos; responsabilidad fiscal de las entidades territoriales, 31 votos; sobre la comuna autónoma, 33 votos; principio de no tutela territorial, 34 votos; probidad y transparencia, 35 votos.

Respecto de los derechos fundamentales, algunos ejemplos del apoyo de los convencionales de derecha son: derecho a la seguridad social con principios de universalidad, solidaridad, integralidad y suficiencia, 7 votos; reconocimiento del trabajo doméstico y de cuidados, 10 votos; prácticas de colusión como contrarias al interés social, 11 votos; protección y promoción del derecho a la privacidad, 11 votos; derecho a la ciudad y al territorio, 13 votos; derecho al cuidado, 14 votos; derecho a la libertad sindical que comprende derecho a la sindicalización, negociación colectiva y a la huelga, 14 votos; derecho a la vivienda, 17 votos; principio de progresividad y no regresión de los derechos, 18 votos; derecho humano al agua y al saneamiento, 19 votos; propiedad privada, 31 votos; derecho a la vida y prohibición de pena de muerte, 31 votos; libertad de expresión, 31 votos.

El listado recién mencionado es una ilustración de algunos de los temas donde la derecha participó con su voto favorable. Advertimos que en algunos temas quizás menos ideológicoslos apoyaron mayoritariamente, como son la libertad de expresión o la probidad. Pero, al mismo tiempo, existen temas mucho más polémicos, como la cuestión de la seguridad social, el derecho a la vivienda o el principio de progresividad en los derechos, donde también se advierte algún nivel de apoyo.   

Debe indicarse que existen materias en que los sectores de derecha en la Convención no han concurrido con su voto, produciéndose unanimidad de rechazo: plurinacionalidad, escaños reservados, Estado Social de Derecho, igualdad sustantiva, interculturalidad, acción afirmativa, salud sexual y reproductiva, derecho de trabajadores a participar en las empresas, entre otros.

Con todo, lo que demuestra el análisis de los patrones de votaciones de aquellos artículos aprobados es que, en algunos temas sustantivos, al menos un sector de la derecha ha concurrido con su voto. Se observa además que existe un grupo de la derecha que está más dispuesto a concurrir con su voto, mientras otros segmentos de la derecha han tendido a rechazar consistentemente el nuevo texto constitucional.

Esto nos lleva al segundo argumento. Plantea Valenzuela que mi análisis sería sesgado porque no considero otras dimensiones del debate constituyente. Presenta como evidencia que han sido escasas las indicaciones de la derecha que han sido aprobadas, ya sea en comisión o por el Pleno. Entonces, como no son iniciativas propias, lo que se está aprobando en la Convención no representaría a todo un sector.

Pero, entonces, ¿cómo debemos interpretar que sectores de la derecha concurran con su voto aprobando ciertas indicaciones que han quedado en el borrador? Examinemos algunos ejemplos concretos. La Convención aprobó un inciso que señala que “No podrán declararse en huelga los integrantes de las Fuerzas Armadas, de Orden y Seguridad Pública”. El artículo fue apoyado por 107 convencionales. Entre los convencionales de derecha, dicho artículo fue apoyado por 17 de ellos, 7 lo rechazaron y el resto o se abstuvo o no votó. Podríamos indagar en las motivaciones o significados de ese apoyo, pero el hecho concreto y fáctico es que 17 convencionales de derecha al parecer encontraron razonable dicho inciso.

Examinemos otro artículo. Dijimos que 7 convencionales de derecha votaron a favor del artículo que define el derecho a la seguridad social fundada en principios de “universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad”. El artículo siguiente indica que la ley establecerá “un sistema de seguridad social público” que otorgue protección en caso de enfermedad, vejez, discapacidad, supervivencia, maternidad y paternidad, desempleo, accidente del trabajo y enfermedades profesionales”. Ese artículo obtuvo 115 votos en el Pleno y, de ellos, 2 fueron de derecha.   

Así, podemos decir que al menos un sector de convencionales de derecha participó de la idea de un sistema de seguridad social basado en principios de universalidad, aunque un número menor de ese sector apoyó la idea de un sistema de seguridad social público.

El estudio de los patrones de votación de los textos aprobados por la Convención resulta relevante, pues tales votaciones son “señales” políticas que ilustran el modo en que se concibe un determinado tema. Pero, además, en el caso de la derecha, la participación de las votaciones demuestra que algunos de sus representantes están disponibles para participar del debate democrático constituyente. Aunque no son los autores de esos artículos, concurrieron con su voto porque debemos asumir los encontraron razonables.

Cuando termine el proceso constituyente se requerirá un análisis más sistemático de las dinámicas de participación, incluyendo votaciones (aprobadas y rechazadas), participación en las deliberaciones (formales e informales) y participación de actores en negociaciones (formales e informales). La contribución de mi columna anterior al debate solo intentaba ilustrar un hecho fáctico indesmentible: que en la aprobación del borrador se verificaban votos de algunos constituyentes de derecha. Puesto de otro modo, contrario a la idea de que la derecha estaría rechazando todo o que no le gustaría nada de lo aprobado, en realidad sí existen temas donde al menos algunos constituyentes de ese sector aportan favorablemente con sus votos.    

La tercera afirmación de Valenzuela indica que los 2/3 (103 votos), está compuesto únicamente por las izquierdas, con lo que se asegura una legitimidad procedimental, pero se excluye una legitimidad sustantiva al no incluirse a los sectores de la derecha. Al respecto existen dos consideraciones, una empírica y otra normativa. Desde el punto de vista empírico, me cuesta concluir, a partir de la observación de los perfiles de los distintos colectivos, que se trata de una Convención hegemonizada por las izquierdas. El tema aquí es definir quiénes son esas izquierdas en la Convención y cuántos votos suman. Si consideramos a todos los escaños reservados + Pueblo Constituyente + Movimientos Sociales Constituyentes + Chile Digno + Mixtos + Frente Amplio y + PS, el total de constituyentes alcanza a 96. Si sumamos al constituyente Renato Garín, la cifra llega a 97. Entonces, la pregunta empírica es si los convencionales de Independientes No Neutrales (12) o de la Lista del Apruebo (8) son o no parte de las “izquierdas”. Lo que está sucediendo en el Pleno una y otra vez, al rechazar informes de comisiones, demuestra que aquella supuesta hegemonía de “las izquierdas” no es tan robusta como Valenzuela parece asumir. Si existiera una hegemonía clara y definitiva, los textos que vienen de comisiones se aprobarían sin mucha deliberación. Sin embargo, lo que hemos observado en las últimas semanas es que varios temas críticos no logran los 103 votos.   

La segunda dimensión es normativa asociada al deber sery que se refiere a la conveniencia o no de incluir a todos los sectores de la Convención para obtener un texto que suscite un consenso político muchísimo mayor a la exigencia formal de los 2/3. Aquello podría traducirse en la aprobación de indicaciones generadas desde los sectores de derecha o, por último, en la incorporación de ciertas ideas que forman parte del ideario de tales sectores y que generen respaldos transversales.

Al observar las condiciones materiales de distribución de poder político y económico en el país, considero que en beneficio de la estabilidad del sistema sí deberían atenderse tales preocupaciones. También advierto que, por tratarse de un proceso vivo y en evolución, en los últimos dos meses quienes integran la Convención han ido atendiendo algunas de esas preocupaciones. Esto ha sido evidente en debates como los referidos al Poder Judicial, la estructura del Poder Legislativo o lo referido a las potestades y estructura del poder Ejecutivo. Los planteamientos originales fueron desechados y dieron paso a importantes reformulaciones.

Desde el punto de vista del resultado, no cabe duda que mientras más amplios sean los apoyos, mayor será la legitimidad que adquiera la nueva Constitución. Pero tampoco podemos dejar de advertir que aquella construcción de voluntades pasa inexcusablemente por el tensionamiento de un conjunto de intereses contrapuestos que se ponen en juego. Y son estos intereses políticos, económicos, culturaleslos que chocan cuando se entra a debatir un nuevo texto constitucional.

   

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
Publicidad

Tendencias