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Colusión de los pollos: Corte Suprema aumentó en 120% multas contra supermercados MERCADOS

Colusión de los pollos: Corte Suprema aumentó en 120% multas contra supermercados

La sanción inicial fue impuesta el año pasado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), la cual alcanzaba una cifra cercana a los US$9,9 millones. Tras ello, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) interpuso un requerimiento ante el máximo tribunal en contra de las tres empresas perjudicadas, que buscaba precisamente aumentar las multas. Walmart emitió una declaración en la que señala que lamenta la decisión adoptada por la Corte Suprema y sostiene que “opera con la convicción de haber hecho –y de seguir haciendo– todos los esfuerzos que han estado a su alcance para cumplir con la normativa de libre competencia” [ACTUALIZADA]


La Tercera Sala de la Corte Suprema aumentó en 120% las multas impuestas a Walmart, Cencosud y SMU por el caso de la colusión de los pollos.

La sanción inicial fue impuesta el año pasado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), la cual alcanzaba una cifra cercana a los US$9,9 millones. Tras ello, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) interpuso un requerimiento ante el máximo tribunal en contra de las tres empresas perjudicadas, que buscaba precisamente aumentar las multas.

Ahora, las tres cadenas de supermercados tendrán que pagar el equivalente a 29.568 UTA, vale decir, unos 21 millones de dólares.

Las tres cadenas de supermercados también interpusieron en su momento un recurso contra la sentencia del TDLC, el cual finalmente fue rechazado.

La más perjudicada con este aumento fue Walmart, que en principio tenía que pagar 4743 UTA. Ahora son 11.160. En tanto, SMU, a la que en principio se le impuso una multa de 3.438 UTA, ahora tendrá que pagar 6.876.

La multa más alta es la que tendrá que pagar Cencosud, que pasó 5.766 UTA a 11.532.

«Se declara que las requeridas infringieron el artículo 3º inciso primero e inciso segundo letra a) del Decreto Ley Nº211, al haber participado del acuerdo destinado a fijar, por intermedio de sus proveedores, un precio de venta para la carne de pollo fresca en supermercados, igual o superior a su precio de lista mayorista, al menos entre los años 2008 y 2011», dice el fallo.

La resolución fue adoptada por la Tercera Sala del máximo tribunal, integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Ángela Vivanco y Mauricio Silva Cancino.

Walmart acatará el fallo

Junto con reafirmar que acatará el fallo, Walmart Chile lamenta la decisión adoptada por la Corte Suprema.

«La Corte Suprema accedió solamente a un tercio de la multa solicitada por la Fiscalía Nacional Económica (FNE), en un contexto en que el máximo tribunal entiende que la sanción recae en Walmart Chile principalmente en su calidad de sucesora legal de otra compañía, bajo la cual sucedieron mayoritariamente los hechos», sostuvo la empresa mediante un comunicado.

«En el transcurso del proceso se entregaron argumentos sólidos, que avalan el correcto actuar de la compañía, el que incluye la prohibición tajante para sus ejecutivos de pactar con los proveedores los precios de venta», agregan.

«Walmart Chile opera con la convicción de haber hecho –y de seguir haciendo– todos los esfuerzos que han estado a su alcance para cumplir con la normativa de libre competencia. Esto es parte del robusto programa de ética y cumplimiento de la compañía que alinea preventiva y permanentemente las prácticas y cultura institucional de la empresa que cuenta con más de 48 mil colaboradores en todo el país, el que Walmart va a reforzar en línea con su compromiso intransable con la libre competencia y la necesidad de que los precios sean fijados libre y autónomamente».

SMU: «No compartimos el fallo»

En tanto, SMU señaló no compartir el fallo «porque tenemos la profunda convicción de no haber participado en ninguna coordinación de precios con nuestros competidores».

«Esta sentencia incurre en una importante omisión al suprimir el análisis de un hecho sancionado por la misma Corte Suprema en 2015, como fue la colusión de los productores de pollo y por la cual se le aplicaron a cada uno, la multa máxima posible de ese tiempo, de 30 mil UTA y de cuya acusación nace la investigación a supermercados», señalaron en un comunicado.

Detallaron además que «no hace ningún sentido creer que SMU podría concertarse con otros actores supermercadistas dominantes, dado que el propósito era crecer y ganar participación de mercado. Un acuerdo hubiera significado renunciar al propósito de alcanzar un tamaño que le permitiera a la compañía ser sostenible en el largo plazo. Con esa baja participación, era imposible tener una negociación equilibrada con los proveedores y por lo tanto, crecer era un imperativo. En consecuencia, concertar precios no hacía ningún sentido con la estrategia de SMU».

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