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SII habilita plataforma para que trabajadores a honorarios accedan al beneficio que compensa caída de ingresos por Covid-19 MERCADOS Crédito: Agencia Uno (Contexto)

SII habilita plataforma para que trabajadores a honorarios accedan al beneficio que compensa caída de ingresos por Covid-19

“Lo que buscamos, más en estos momentos que enfrentamos como país, es que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios de la forma más rápida y sencilla posible. En este caso, gracias a la información disponible a través de las boletas de honorarios electrónicas entre otros instrumentos, podemos ofrecerles una aplicación que calculará el beneficio al que pueden acceder en línea, en forma sencilla, sin necesidad de adjuntar documentos o realizar mayores trámites”, indicó el director del SII, Fernando Barraza.


El Servicio de Impuestos Internos (SII) implementó un beneficio especial para compensar transitoriamente la caída en sus rentas a los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios electrónicas, que han visto disminuidos sus ingresos en al menos un 30% producto de la pandemia del Covid-19.

Mediante la resolución N°63 publicada esta jornada, el SII definió el mecanismo de entrega de este beneficio. Además, con el objeto de facilitar el acceso de los trabajadores independientes a esta medida, la institución desarrolló un aplicativo en su sitio web (sii.cl) donde el contribuyente interesado podrá revisar si puede optar al beneficio y el monto.

Al respecto, el director del SII, Fernando Barraza, señaló que “estos meses han planteado un doble desafío para el SII. Por una parte, hemos avanzado en la implementación de los cambios contenidos en la Ley de Modernización Tributaria y, en paralelo, nos ha correspondido impulsar, de manera ágil y oportuna, diversas acciones para ir en apoyo de los sectores más afectados por la actual emergencia sanitaria”.

“Lo que buscamos, más en estos momentos que enfrentamos como país, es que los contribuyentes puedan acceder a los beneficios de la forma más rápida y sencilla posible. En este caso, gracias a la información disponible a través de las boletas de honorarios electrónicas entre otros instrumentos, podemos ofrecerles una aplicación que calculará el beneficio al que pueden acceder en línea, en forma sencilla, sin necesidad de adjuntar documentos o realizar mayores trámites”, agregó.

¿Quiénes son los beneficiarios?

Los trabajadores que podrán acceder a este beneficio serán los que emiten boletas de honorarios electrónicas y los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios en papel, que paguen su auto retención de impuestos mensualmente, a través del formulario F29.

Si el contribuyente tiene otros ingresos por remuneraciones, retiros, dividendos u otros, igualmente puede acceder a este beneficio si cumple con los requisitos.

¿Cuáles son los requisitos? Haber emitido boletas de honorarios en al menos 3 meses durante los últimos 12 meses, es decir, entre abril de 2019 y marzo de 2020, o haber emitido boletas de honorarios en al menos 6 meses, durante los últimos 24 meses anteriores, es decir, entre abril 2018 y marzo de 2020. En ambo casos, las boletas pueden haber sido emitidas en meses consecutivos o no.

Otro requisito relevante es que, en el mes anterior al cual se solicita el beneficio, los ingresos por boletas de honorarios se hayan reducido al menos en un 30% respecto del promedio de ingresos en los últimos 12 meses, es decir, entre abril de 2019 y marzo de 2020.

Si el contribuyente registra un Ingreso Promedio Mensual, entre abril de 2019 y marzo de 2020, igual o inferior $320.500, el beneficio podrá alcanzar hasta a un 70% del monto de la reducción mensual de sus ingresos. En cambio, si el Ingreso Promedio Mensual es superior a $320.500, el valor del beneficio será calculado en forma proporcional a la disminución de los ingresos.

El beneficio puede ser solicitado por hasta 3 meses, entre junio y noviembre de 2020, tiene un tope de $650.000 por cada mes en que se solicita y, debe ser reintegrado en 3 cuotas anuales, sin intereses y reajustables de acuerdo a la variación del IPC; a partir del proceso de declaración de Renta 2022. Dicho reintegro podrá contar con un subsidio de hasta $100.000, al que podrán acceder los trabajadores a honorarios con ingresos promedios mensuales de hasta $500.000.

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