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TC acogió a trámite requerimiento que cuestiona constitucionalidad de sanciones por infringir la cuarentena PAÍS Crédito: Archivo | Agencia UNO

TC acogió a trámite requerimiento que cuestiona constitucionalidad de sanciones por infringir la cuarentena

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El recurso respecto a la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 318 del Código Penal plantea que «existiría eventualmente infracción al principio de proporcionalidad, lo que implica vulnerar el derecho constitucional de igualdad ante la ley» [ACTUALIZADA]


El Tribunal Constitucional (TC) acogió a tramitación el requerimiento de Andrea Díaz-Muñoz, jueza titular del Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, respecto a la inaplicabilidad por inconstitucionalidad del artículo 318 del Código Penal que dice relación con las sanciones por el incumplimiento de las normas sanitarias, y que podría sentar un precedente para quienes han sido sorprendidos vulnerando la cuarentena.

El artículo en cuestión establece que «el que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo o multa de seis a veinte unidades tributarias mensuales».

De acuerdo a Radio Cooperativa, lo que está en cuestionamiento son los criterios para aplicar las sanciones. En ese sentido, el recurso plantea que «existiría eventualmente infracción al principio de proporcionalidad, lo que implica vulnerar el derecho constitucional de igualdad ante la ley».

«Se confirió un plazo de 10 días a las partes del proceso penal para que formulen observaciones en torno a la admisibilidad del requerimiento», señaló el TC mediante un comunicado.

Al respecto, la vocera de la Corte Suprema, Ana Gloria Chevesich sostuvo que en el TC «tienen que analizar lo que está planteando la magistrado, si efectivamente es un tipo penal abierto en cuanto no señala cuál es la conducta a sancionar».

Sin embargo, aclararon que «no es materia del pleno (del TC) eventualmente la materia propia de la Segunda Sala Penal (de la Suprema) en el evento que se plantee un recurso de nulidad a alguien que ha sido sancionado y la defensoría, sea pública o privada, estima que no es un tipo penal que cumpla con todos los parámetros que debe tener una norma de orden sancionatoria».

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