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Senadora Rincón y cobro de pensiones alimenticias con cargo al 10%: “Se necesita máxima coordinación” PAÍS Crédito: Agencia Uno

Senadora Rincón y cobro de pensiones alimenticias con cargo al 10%: “Se necesita máxima coordinación”

La parlamentaria de la DC solicitó una serie de medidas y coordinaciones a los ministerios de Justicia e Interior, además de la Corte Suprema: “Debemos cuidar a los niños y niñas de Chile, por lo que demandamos del Estado el cumplimiento de esta norma que es tremendamente importante y de la que sentimos orgullo por haber incorporado al proyecto”.


La senadora DC Ximena Rincón realizó un llamado al Estado para que coordine «a la brevedad» a diversos estamentos como los ministerios de Interior, Justicia, además de la Corte Suprema, y así permitir que el cobro de pensiones alimenticias pueda hacerse efectivo durante el proceso de retiro de 10% para enfrentar la pandemia.

“Muchas y muchos viven el drama de no pago de la pensión alimenticia para niños y niñas de nuestro país. El retiro del 10 por ciento se hizo cargo de aquello y se aprobó la norma que estos fondos no pueden ser sujeto de ningún tipo de retención o descuento, salvo para pagar pensiones alimenticias que se deban. Por lo tanto, aquellos que no han pagado la pensión de sus hijos, van a ver disminuidos el monto de su retiro y se va a hacer justicia con aquellos que no han recibido ese dinero durante mucho tiempo”, aseguró la parlamentaria.

“Llamamos a los ministerios de Justicia e Interior y a la Corte Suprema a que desplieguen todos sus oficios y acciones para que esta retención sea una realidad, lo que será posible cuando las AFP sepan a quienes deben aplicar este descuento. Debemos cuidar a los niños y niñas de Chile, por lo que demandamos del Estado el cumplimiento de esta norma que es tremendamente importante y de la que sentimos orgullo de haber incorporado en el proyecto”, puntualizó la legisladora.

Para Rincón, debe existir un «espíritu de colaboración» entre los órganos del Estado para garantizar el pago de estas pensiones, como que se elabore un sistema electrónico, en el que consten los domicilios actualizados por las personas que han solicitado algún documento a través de la “comisaría virtual” o en otra plataforma que manejen los ministerios señalados.

También planteó la necesidad de que el Ministerio de Justicia, dentro de sus atribuciones con el Poder Judicial, ponga a disposición de los tribunales la información sobre cambios de domicilios, lo que facilitará la notificación de las resoluciones judiciales que permitan proceder al cobro de las pensiones alimenticias de manera rápida.

La opción de que en caso que se pida la liquidación de la deuda y se solicite el pago con cargo a la retención del 10%, se autorice al acreedor pedir por sí el retiro del 10% a nombre del deudor que no lo solicite, impidiendo que los deudores no soliciten el retiro de los fondos de pensiones para evitar el pago de las pensiones alimenticias fue otra iniciativa planteada por Rincón.

“Entre las medidas que sugerimos, está permitir que la notificación que exige el artículo 2 de la ley 14.908 sobre pago de pensiones de alimentos, se ‘tenga por notificado’ al deudor con el domicilio que informó previamente, por lo cual no habría indefensión de dicha parte, en tal sentido que se reemplace la multa indicada en inciso tercero de dicha disposición, por el tener por notificado al deudor, de manera de acelerar el procedimiento de liquidación de los alimentos decretados y su posterior pago”, finalizó

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