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Corte de Apelaciones declara admisible recursos de Iguales y Movilh contra la UDI por «incitación al odio» en la franja electoral BRAGA

Corte de Apelaciones declara admisible recursos de Iguales y Movilh contra la UDI por «incitación al odio» en la franja electoral

Al respecto, Alessia Injoque, presidenta de Iguales, declaró que «como sociedad nos acercamos a un proceso que nos va a llevar a discutir los valores sobre los que se funda nuestra convivencia democrática. Hoy damos un paso adelantando una pregunta: ¿es aceptable atacar grupos humanos en las campañas? Desde Fundación Iguales creemos que las contiendas electorales y plebiscitos son espacios para intercambiar o incluso atacar ideas, pero no para presentar a compatriotas como amenazas, nunca para promover el odio».


La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección que presentó la Fundación Iguales, en el que solicitó que se retire de toda plataforma el segmento de la franja de la UDI en la que aparece una imagen de la bandera LGBTI .

En dicho segmento, aparece un líder evangélico señalando que «la Iglesia Evangélica ha estado siempre en ayuda de los que más necesitan, pero hoy está en peligro», al momento en que aparece la citada bandera.

Al respecto, Alessia Injoque, presidenta de Iguales, declaró que «como sociedad nos acercamos a un proceso que nos va a llevar a discutir los valores sobre los que se funda nuestra convivencia democrática. Hoy damos un paso adelantando una pregunta: ¿es aceptable atacar grupos humanos en las campañas? Desde Fundación Iguales creemos que las contiendas electorales y plebiscitos son espacios para intercambiar o incluso atacar ideas, pero no para presentar a compatriotas como amenazas, nunca para promover el odio».

En la misma línea, Jorge Lucero, abogado de Iguales y redactor del recurso, agregó que “ante la presencia de vulneraciones a los derechos humanos se requieren de actuaciones inmediatas y eficaces, por lo que la noticia de admisibilidad de nuestro recurso en la Corte nos da señales que estamos apuntando en la dirección correcta en la protección de nuestros derechos”.

La Corte de Apelaciones también declaró admisible el recurso de protección del Movilh contra la UDI por el mismo motivo.

En el recurso, patrocinado por la abogada del Movilh, Mónica Arias, se alega que la UDI y el CNTV violetan las garantías constitucionales de derecho a la vida e integridad personal; derecho a la igualdad; derecho a la honra de las personas.

El dirigente del Movilh, Oscar Rementería, replicó que  “la bandera del arcoíris representa los derechos humanos de las personas LGBTI. Al vincularla a peligros y a la destrucción del país o de instituciones, estamos en presencia de una abierta incitación al odio. Lamentamos la falta de fiscalización del Consejo Nacional de Televisión (CNTV), cuyo deber es vigilar que se cumpla la ley y sus propias directrices y repudiamos la homofobia persistente de la UDI. Esperamos se haga justicia en tribunales”.

En paralelo, el Movilh denunció al CNTV ante la Contraloría General de la República, órgano que aún no se pronuncia al respecto.

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