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Corte de Apelaciones de Antofagasta ordena a médico pagar millonaria indemnización a paciente por negligencias PAÍS Crédito: ATON (Contexto)

Corte de Apelaciones de Antofagasta ordena a médico pagar millonaria indemnización a paciente por negligencias

La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Myriam Urbina Perán, Jasna Pavlich Núñez y Eric Sepúlveda Casanova, revocó de forma unánime la resolución impugnada, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, y en su lugar acogió la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual del médico Carlos Olivares Mardones, obligando a pagar una indemnización total de $762.599.429


Este miércoles, la Corte de Apelaciones de Antofagasta condenó a un médico cirujano a pagar una indemnización total de $762.599.429 por actuar negligente en una cirugía bariátrica realizada el año 2012, la que no terminó bien, ya que la paciente presentó serias complicaciones postoperatorias que no fueron advertidas por el facultativo y que derivaron en la jubilación anticipada por invalidez de la demandante.

La Primera Sala del tribunal de alzada, integrada por los ministros Myriam Urbina Perán, Jasna Pavlich Núñez y Eric Sepúlveda Casanova, revocó de forma unánime la resolución impugnada, dictada por el Segundo Juzgado Civil de Antofagasta, y en su lugar acogió la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual del médico Carlos Olivares Mardones.

En el fallo, se indica que «los hechos acreditados permiten establecer que el médico demandado infringió los deberes de tratamiento y cuidado que pesaban sobre él, toda vez que, pese a las varias filtraciones ocurridas durante la intervención quirúrgica de manga gástrica, y a que la dehiscencia (apertura de la herida) es una complicación de común ocurrencia en las cirugías bariátricas, situación que, según el perito médico, hacía prever un alto riesgo de filtraciones de líquidos gástricos a la cavidad abdominal, el médico demandado no instaló los drenajes para detectarlas conforme aconsejaban los conocimientos médicos disponibles».

A pesar de los síntomas presentados por la afectada, el médico «dio el alta a la paciente al segundo día del postoperatorio, sin practicar una radiografía con medio de contraste que habría revelado tempranamente la dehiscencia, evitando todas las complicaciones posteriores derivadas de un diagnóstico tardío, técnica que también aconsejaban los conocimientos médicos».

«Si el facultativo demandado hubiere aplicado los tratamientos que la lex artis ad hoc o la experticia médica bariátrica indicaban como más adecuados a la situación y condición de la paciente, habría evitado la ocurrencia de todas complicaciones posteriores -peritonitis, insuficiencia renal, fístulas, desnutrición, problemas cognitivos comunicativos, disfonía-, que provocaron, en definitiva la pérdida casi total de la capacidad laboral de la demandante a los 43 años de edad, obligándole a jubilar por invalidez», añaden.

Según el dictamen, debido a estas negligencias, la afectada sufrió daños físicos y debió someterse a múltiples intervenciones quirúrgicas para superar las complicaciones de salud causadas por la falta de diligencia del médico, las que, a los menos, duraron cuatro años.

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