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#ElijoTuApellido: Gobierno promulga ley que permite cambio en orden de apellidos PAÍS

#ElijoTuApellido: Gobierno promulga ley que permite cambio en orden de apellidos

La nueva legislación permite, por ejemplo, la modificación del orden del apellido paterno y materno. La iniciativa busca establecer que los padres puedan expresar de común acuerdo, al momento de inscribir el nacimiento de su primera hija o hijo, el orden de sus apellidos, el cual deberá ser el mismo para todos los hijos comunes. Si los padres no expresan lo contrario, se aplicará la regla que existe hasta hoy manteniendo el apellido paterno primero. El ministro de Justicia, Hernán Larraín, consideró que se trata de un cambio cultural gigantesco, pero aclaró algunas limitaciones y los plazos en que comenzará a regir.


Desde La Moneda y en el Día de la Madre, el Presidente Sebastián Piñera, junto a la Primera Dama Cecilia Morel y los ministros de la Mujer y Justicia Mónica Zalaquett y Hernán Larraín, promulgó la ley que permite modificar el orden de los apellidos de los hijos por acuerdo de los padres.

«Hoy en reconocimiento a ellas (madres) nuestro Gobierno promulga la ley sobre la determinación del orden de los apellidos, para seguir avanzando en justicia, igualdad y en dignidad de las mujeres», señaló la Primera Dama.

Por su parte la titular de Mujer y Equidad de Género destacó que «esta ley contribuye al cambio cultural que estamos impulsando en materia de igualdad entre hombres y mujeres. A partir de hoy, el orden de los apellidos no será necesariamente el del padre primero y el de la madre después»

Y añadió que «al mismo tiempo se releva el importante rol que cumple la mujer dentro de la familia, permitiendo que su apellido pueda ir en primer lugar si así se decide».

Cabe mencionar que la iniciativa establece que el nombre de una persona estará conformado por el nombre propio más los apellidos en el orden que los padres acuerden al momento de inscribir a su primera hija o hijo. Esto se aplicará para el resto de su descendencia en común. De no existir tal acuerdo, se inscribirá primero el apellido paterno y luego el materno.

En el caso de la inscripción de un hijo o hija cuya filiación responde sólo a uno de los padres, se inscribirá el primer apellido de dicha madre o padre.

La nueva legislación también permite que los mayores de 18 años puedan solicitar por una sola vez la rectificación administrativa para invertir el orden de sus apellidos. Este cambio no afectará ni el número de rol único nacional (R.U.N.), pero sí provocará el cambio del respectivo apellido de sus hijos menores de edad.

«Al establecerse el procedimiento administrativo, quienes por distintos motivos quieran rendir tributos a sus madres, podrán hacerlo de manera expedita en el Registro Civil», explicó la ministra Zalaquett, agregando que la ley «viene a hacerse cargo también de entregar reparación a aquellos hijos o hijas que por razones legítimas, muchas veces asociadas a situaciones de violencia, quieren llevar como primer apellido el de su madre sin pasar por un proceso judicial».

Aclaraciones

El ministro de Justicia, Hernán Larraín, consideró que se trata de un cambio cultural gigantesco, pero aclaró algunas limitaciones y los plazos en que comenzará a regir.

A pesar de que fue promulgada hoy, la ley recién entrará en vigencia cuatro meses después, pues para que pueda implementarse se requiere primero dictar un reglamento para regular cómo tiene que proceder el Registro Civil para hacer práctica esta modificación, el que según el secretario de Estado estará antes el 10 de septiembre.

Pero hay quienes deben hacer un trámite adicional si deciden cambiar el orden de sus apellidos, y quienes derechamente no pueden realizarlo. “En el caso de que un adulto quiera cambiar el orden de sus apellidos, una de las cosas que debe hacer el Registro Civil es averiguar si tiene condenas o está siendo procesado por algún delito que merezca pena aflictiva”, dijo Larraín, agregando que de estar en una de esas situaciones, la persona debe ir ante un juez para que evalúe si corresponde o no hacer ese cambio. “Lo que se quiere evitar es que por esta vía alguien quiera escabullir responsabilidades”, sostuvo.

Además, personas condenadas o procesadas por delitos sexuales nunca podrán acceder a la posibilidad de cambiar el orden de sus apellidos.

Cabe mencionar que el proyecto fue ingresado al Congreso en 2005 y fue despachado a ley por la Cámara de Diputados el pasado 29 de abril, con 127 votos a favor y una abstención.

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