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Corte Suprema condena a 19 agentes de la DINA, incluido Miguel Krassnoff, por secuestro calificado de hermanos Pérez Vargas PAÍS Miguel Krassnoff. Crédito: ATON (foto de referencia).

Corte Suprema condena a 19 agentes de la DINA, incluido Miguel Krassnoff, por secuestro calificado de hermanos Pérez Vargas

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En fallo unánime, Segunda Sala del máximo tribunal descartó error de derecho en la sentencia que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a 12 años de presidio, en calidad de autores de los delitos.


La Corte Suprema rechazó los recursos de casación deducidos y confirmó la sentencia que condenó a 19 agentes de la extinta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en los delitos de secuestro calificado de los hermanos Carlos Freddy Pérez Vargas y Aldo Gonzalo Pérez Vargas. Ilícitos perpetrados a partir del 10 y 23 de septiembre de 1974, respectivamente, en el marco de la denominada “Operación Colombo”.

En fallo unánime (causa rol 8.561-2018), la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y Raúl Mera– descartó error de derecho en la sentencia, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, que condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo y Miguel Krassnoff Martchenko a 12 años de presidio, en calidad de autores de los delitos.

En tanto, los agentes Manuel Carevic Cubillos, Ricardo Lawrence Mires, Gerardo Godoy García, Nelson Paz Bustamante, Gerardo Meza Acuña, José Ojeda Obando, Nelson Ortiz Vignolo, Claudio Pacheco Fernández, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Raúl Rodríguez Ponte, José Abel Aravena Ruiz, José Fuentealba Saldías, Francisco Ferrer Lima y Rosa Humilde Ramos Hernández deberán purgar 10 años y un día de presidio.

Finalmente, Miguel Avendaño González y Alejandro Astudillo Adonis fueron condenados a 5 años y un día de presidio.

En resolución de primera instancia, el ministro de fuero Hernán Crisosto Greisse logró establecer que Carlos Pérez Vargas y Aldo Pérez Vargas (ambos militantes del MIR), fueron detenidos el 10 y 23 de septiembre de 1974 respectivamente.

Los dos fueron trasladados al recinto clandestino de detención de la DINA denominado ‘Ollagüe’ o ‘José Domingo Cañas’, ubicado en la comuna de Ñuñoa, y posteriormente al recinto clandestino de detención denominado ‘Cuatro Álamos’, ubicado en calle Canadá N° 3000, de Santiago, que eran custodiados por guardias armados y a los cuales sólo tenían acceso los agentes de la DINA.

Tanto Carlos como Aldo fueron torturados en los recintos nombrados. Siguen desaparecidos hasta la fecha.

  • Puede leer el fallo completo en este link.
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