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Revisa la nómina de vocales de mesa para las elecciones del 21 de noviembre PAÍS

Revisa la nómina de vocales de mesa para las elecciones del 21 de noviembre

Según había adelantado el Servicio Electoral, esta vez corresponde la renovación de tres de los cinco integrantes de cada mesa. Los seleccionados tienen hasta el 4 de noviembre para que puedan excusarse de desempeñar el cargo.


Este sábado 30 de octubre el Servicio Electoral publicó la nómina de vocales de mesa designados por las Juntas Electorales para desempeñarse en las Elecciones generales de noviembre.

El Servel recomendó a todos los electores revisar sus datos en: consulta.servel.cl, puesto que desde el 2 de noviembre comienzan a correr los tres días hábiles (hasta el 4 de noviembre) siguientes a la publicación de la nómina de vocales para que, quienes lo necesiten, puedan excusarse de desempeñar el cargo, acogiéndose a las causales de excusa del artículo 49 de la ley 18.700 y a aquellas integradas por el Consejo Directivo de Servel, las que en conjunto son:

  • Tener 60 o más años de edad.
  • Desempeñarse como cuidadoras o cuidadores de adultos mayores o personas con necesidades especiales y las que se desempeñen en los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM).
  • Mujeres embarazadas, durante todo el período de gestación.
  • Estar el vocal comprendido entre las causales de inhabilidad contempladas en el artículo 45 de la Ley N° 18.700 o haber sido designado miembro del Colegio Escrutador.
  • Estar ausente del país o radicado en alguna localidad distante más de 300 kilómetros o con la que no haya comunicaciones expeditas, hecho que calificará la Junta Electoral respectiva.
  • Tener que desempeñar en los mismos días y horas de funcionamiento de las Mesas, otras funciones que encomiende la Ley N° 18.700. 
  • Estar física o mentalmente imposibilitado de ejercer la función, circunstancia que deberá ser acreditada con certificado médico.
  • Cumplir labores en establecimientos hospitalarios en los mismos días en que funcionen las Mesas Receptoras de Sufragios, lo que deberá acreditarse mediante certificado del director del respectivo establecimiento de salud.

Cabe mencionar que las excusas podrán ser formuladas ante el secretario de la Junta Electoral respectiva, acreditar ante el delegado del local el día de las elecciones o ante el Juez de Policía Local si llegasen a ser citados con posterioridad presentando la documentación necesaria.

El 6 de noviembre se publica el listado definitivo de vocales.

Todos los vocales deberán asistir a la constitución de mesas el día 20 de noviembre a las 15.00 horas. en su respectivo local de votación.

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