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Derecho a sufragio: Dirección del Trabajo anuncia que intensificará fiscalización para la segunda vuelta ELECCIONES 2021 Crédito: ATON

Derecho a sufragio: Dirección del Trabajo anuncia que intensificará fiscalización para la segunda vuelta

La Dirección del Trabajo anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 19.


La Dirección del Trabajo (DT) anunció que intensificará la fiscalización para el domingo 19 de diciembre, en el marco de la segunda vuelta presidencial. El objetivo es respetar el derecho a sufragio de los trabajadores que laboren ese día, así como el feriado irrenunciable de las personas que trabajan en malls y strip center administrados bajo una misma razón social o personalidad jurídica.

“En el caso del comercio, la norma legal vigente para esta jornada electoral considera el feriado obligatorio para los trabajadores que laboren en malls, strip center u otros centros comerciales con varios locales, administrados por una misma razón social o personalidad jurídica», señaló la directora del Trabajo, Lilia Jerez, recoge Emol.

«Quedan exceptuados de esta norma quienes trabajan en otro tipo de comercio, como supermercados y tiendas ajenas a los complejos comerciales con administración única. También pueden trabajar los dependientes de servicentros, farmacias de urgencia o de aquellas con turnos fijados por la autoridad sanitaria”, agregó.

Asimismo, la DT anunció que se fiscalizarán las denuncias que sean recibidas en el número 600 450 4000, entre las 09:00 y las 14:00 horas del domingo 19.

El organismo fiscalizará el otorgamiento del permiso de dos horas para permitir el voto de los trabajadores que deban laborar ese día. Se contemplan sanciones de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por infracción. Es decir, fluctuarán entre los $162.513 y los $3.250.260, dependiendo de si la empresa es micro, pequeña, mediana o grande.

La DT también recordó que el permiso para los trabajadores también aplica para los designados como vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados de la Junta Electoral.

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