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Cámara de Diputados aprobó proyecto de Descanso compensatorio a trabajadores de la salud privada y avanzó al Senado PAÍS Crédito: Agencia Uno

Cámara de Diputados aprobó proyecto de Descanso compensatorio a trabajadores de la salud privada y avanzó al Senado

Dicha propuesta, aprobada por la Cámara de Diputadas y Diputados por 110 votos a favor, 14 en contra y nueve abstenciones, busca entregar 14 días hábiles de reposo a todos los funcionarios de la salud del área privada. El mismo beneficio ya había sido otorgado al sector público a través de una ley publicada en enero de este año. 


La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó durante la jornada del lunes recién pasado, el proyecto de ley que busca otorgar un descanso complementario o reparatorio al personal de salud del sector privado que cumplió diversas funciones durante la pandemia.

Esto, ya que durante la administración de Sebastián Piñera se estableció el primer beneficio, pero no consideró al grupo de funcionarios del área de la salud. De esta forma, el despacho desde la Cámara Baja permitirá el avance de la medida hacia el Senado.

Según informó Radio BioBío, la iniciativa fue aprobada por 110 votos a favor, 14 en contra y nueve abstenciones, En general y en particular, se analizó en base al informe de la comisión de Salud, rendida por la diputada del Partido Comunista, Karol Cariola.

La propuesta inicial apuntaba a un fuero laboral y descanso reparatorio para el sistema público y privado. Sin embargo, en uno de los trámites se modificó, y la ley terminó favoreciendo únicamente al sector público. La norma actual compensa la problemática.

«El año pasado logramos sacar adelante la ley del descanso reparatorio para los trabajadores de la salud pública, pero faltaba la salud privada. Ellos también trabajaron en la primera línea, las condiciones de este proyecto son exactamente las mismas, lo que hicimos fue igualar condiciones de derechos entre los trabajadores de la salud pública y trabajadoras y trabajadores de la salud privada», indicó Cariola.

La ley otorgará, de manera excepcional y por única vez, un beneficio de descanso reparatorio al personal de la red asistencial ya sea prestadora de salud privada, farmacias y de almacenes farmacéuticos.

El beneficio consistirá en 14 días hábiles de descanso, los que podrán tomarse de forma total o parcial. El tiempo en que el personal haya hecho uso del beneficio se considerará como trabajado. Esto, para todos los efectos legales. También, será compatible con el uso de feriados y permisos, pudiendo utilizarse antes o después de estos y de forma inmediata.

Se podrá hacer uso de la medida durante el período de tres años, contados desde la fecha de la publicación de la ley.

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