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Corte de Apelaciones rechaza sobreseimiento a seis imputados del Caso Penta PAÍS Crédito: Agencia Uno

Corte de Apelaciones rechaza sobreseimiento a seis imputados del Caso Penta

La Corte de Apelaciones de Santiago descartó la solicitud de las defensas de los imputados, que consideran no estar siendo juzgados en plazo razonable.


La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la decisión del Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, que rechazó dictar sobreseimiento definitivo para seis imputados del denominado Caso Penta, en el que se realizó fraude al Fisco y financiamiento irregular a la política.

En la sentencia, la Undécima Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Jessica González, María Loreto Gutiérrez y Erika Villegas– descartó la solicitud de las defensas de los imputados, que consideran no estar siendo juzgados en plazo razonable.

El fallo apunta que la investigación del Ministerio Público -iniciado el 2015- se ha dilatado por distintos motivos, como la complejidad del caso «por el número de intervinientes y la gran cantidad de pruebas documental, testimonial y pericial».

Además, indica que «el derecho a ser juzgado en un plazo razonable está determinado por las características del proceso y la conducta de los intervinientes y en el caso sub lite, se advierte que tanto la conducta de los intervinientes, la del tribunal y la complejidad de la causa, se encuentran dentro de los parámetros normales en este tipo de causas».

Asimismo, cita un pronunciamiento emitido por la Corte, en el que fue rechazado un amparo para Patricio Contesse (histórico gerente general de SQM) «por el que se pretendía sobreseer definitivamente la causa, por vulneración de garantías constitucionales, especialmente la de ser juzgado en un plazo razonable».

El tribunal indicó que ello «constituía una fórmula amplia y genérica» que «debía ser precisada y acotada en cada caso según sus particularidades, como por que lo pretendido por el actor era dejar sin efecto un complejo procedimiento penal seguido contra el amparado, por la vía de un sobreseimiento definitivo dictado en una acción eminentemente cautelar y no declarativa de derechos, fundado en alegaciones que son propias y van implícitas en un juicio contradictorio” como es ésta que dice relación con el juzgamiento dentro de un plazo razonable”.

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