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Contraloría aclara que municipalidades no pueden informar sobre el plebiscito del 4 de septiembre PAÍS Crédito: Agencia Uno

Contraloría aclara que municipalidades no pueden informar sobre el plebiscito del 4 de septiembre

«En materias de difusión y publicidad, el rol de las entidades edilicias está condicionado a que con ello se cumplan tareas propiamente municipales», indicó la Contraloría en un dictamen


La Contraloría General de la República (CGR) emitió el miércoles un dictamen en que clarifica que las municipalidades no pueden realizar actividades tendientes a informar sobre el plebiscito de la nueva propuesta constitucional, que se realizará el 4 de septiembre.

La CGR emitió el documento luego de que los diputados del Partido Republicano Agustín Romero -por una parte-, José Carlos Meza, y el independiente Stephan Schubert -por otra-, denunciaran al organismo la organización de cabildos y escuelas constituyentes en instalaciones de las municipalidades de Renca, Quinta Normal, Cerro Navia, Temuco, Maipú, Cerrillos y Quilicura, con participación de funcionarios públicos.

«En materias de difusión y publicidad, el rol de las entidades edilicias está condicionado a que con ello se cumplan tareas propiamente municipales», señala el dictamen.

«Los diversos medios de información de carácter institucional -como revistas, páginas web y redes sociales, entre otros-, solo pueden utilizarse para dar a conocer a la comunidad local información o acciones directamente relacionadas con el cumplimiento de sus propias funciones, sin que resulte admisible su empleo en fines diferentes», agrega.

Argumentos de la CGR

El órgano contralor citó el instructivo sobre el plebiscito de salida. En él se detalla que las autoridades, jefaturas y funcionarios, cualquiera sea su jerarquía, y con independencia del estatuto jurídico que los rija, en el desempeño de la función pública que ejercen, no deben promover alguna de las posturas del plebiscito, ni asociar la actividad del organismo respectivo con alguna de ellas.

Tampoco deben ejercer influencia sobre otros empleados o sobre particulares con el mismo objeto ni, en general, valerse de la autoridad o cargo para favorecer o perjudicar algunas de las proposiciones plebiscitadas.

Además, el instructivo precisó que que solo el Ministerio Secretaría General de la Presidencia, la Dirección Administrativa de la Presidencia de la República, y los ministerios Secretaría General de Gobierno y de Desarrollo Social y Familia, podrían efectuar una campaña sobre la importancia de concurrir a participar en el plebiscito e informar acerca de las características de dicho proceso.

Desde la CGR también recordaron que el artículo 19 de la ley Nº 18.575, aplicable a todos los órganos y servicios que integran la Administración del Estado, previene que el personal que la compone estará impedido de realizar cualquier actividad política dentro de la Administración, sea que se trate de autoridades, jefaturas o funcionarios.

Del mismo modo, el artículo 62, Nºs. 3 y 4, de la anotada ley N° 18.575, prescribe que contravienen especialmente el principio de probidad administrativa, emplear, bajo cualquier forma, dinero o bienes de la institución, en provecho propio o de terceros, y ejecutar actividades, ocupar tiempo de la jornada de trabajo o utilizar personal o recursos del organismo en beneficio propio o para fines ajenos a los institucionales.

Ordenan procedimiento disciplinario

En el dictamen, Contraloría advirtió que ciertas actividades de algunas municipalidades denunciadas «no se condicen con las funciones propiamente municipales».

La CGR aludió a «‘la capacitación en materia del proceso de cambio constitucional’ efectuada por la Municipalidad de Cerro Navia, y la realización de cabildos o encuentros autoconvocados que se efectuaron en la comuna de Maipú, que tuvieron como objetivo específico la creación de espacios que acerquen el trabajo de la Convención Constitucional y el proceso constituyente a los vecinos».

El órganismo también constató que en la cuenta de Facebook de la Municipalidad de Quinta Normal «se publicaron -en el mes de mayo del presente año- entrevistas a diferentes convencionales constituyentes en el contexto del programa audiovisual “¿Qué está pasando en la Constitución?”, lo que resulta improcedente, conforme a lo anteriormente expresado».

La CGR ordenó a las municipalidad de Cerro Navia, Maipú y Quinta Normal «instruir un procedimiento disciplinario a fin de indagar los hechos mencionados y determinar las responsabilidades administrativas comprometidas al efecto, remitiendo copia del decreto alcaldicio que así lo ordene a la Unidad de Seguimiento de la Fiscalía de esta Contraloría General, en el plazo de 15 días hábiles, contado desde la recepción de este dictamen».

En tanto, si bien «la Municipalidad de Cerrillos no acompañó antecedentes suficientes que permitan determinar si sus actividades y respectivos programas se ajustaron a derecho, esta informó -respecto de publicaciones en sus redes sociales y que favorecerían a una de las posturas del plebiscito de salida-, que instruirá una investigación sumaria para indagar esos hechos y determinar eventuales responsabilidades administrativas», señala el dictamen.

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