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Opinión: Personas deudoras y procedimientos de insolvencia, previsiones versus realidad

Opinión: Personas deudoras y procedimientos de insolvencia, previsiones versus realidad

Al 31 de julio, se habría dado curso a 676 procedimientos, de los cuales 74 corresponden a liquidaciones y 602 a solicitudes de renegociación. En definitiva, cifras muy distantes a las 17.000 que llegaron a preverse.


Cuando nos acercamos a un año de la entrada en vigencia de la Ley 20.720, que vino a sustituir el antiguo régimen concursal de la “quiebra” y los “convenios”, contenido en el Libro IV del Código de Comercio, en favor de nuevos procedimientos concursales para empresas y personas, parece prudente detenernos un momento a efectuar algunas consideraciones sobre la forma en que esta ha sido asimilada en la práctica. En la presente oportunidad, lo haremos en lo que concierne a las personas deudoras que han hecho uso del sistema.

Cabe recordar que una de las principales preocupaciones que comprensiblemente se instalaron en la agenda de la banca y el retail, fue que con la entrada en vigencia de estos nuevos procedimientos se produjera una mayor laxitud o “relajo” en el pago de obligaciones, sobre todo tratándose de personas naturales que, con esta innovación legal, podrían solicitar su propia “quiebra”, incluso, y extinguir sus deudas.

En el fondo, lo que se temía era un mal uso o uso excesivo de estos mecanismos, y las pérdidas que ello podría ocasionar. Especial difusión tuvo la proyección del ex subsecretario de Economía del Gobierno de Sebastián Piñera, Tomás Flores, y la Consultora Pronostica, según la cual para octubre de 2015 podía esperarse que unas 17.000 personas deudoras se hubieran acogido a un procedimiento concursal, número que subiría en forma progresiva hasta alcanzar las 100.000, en 2019. En tanto, en la esquina opuesta, la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (SIR) situó los casos en un aproximado de 500. Pero, bueno, ¿qué ha ocurrido en definitiva?

Según estadísticas de la SIR, desde que comenzó a regir la Ley 20.720 en octubre de 2014, al 31 de julio de 2015, se han presentado 2.452 solicitudes dirigidas a iniciar procedimientos concursales, esto es, tanto de empresas como de personas, de las cuales 1.382 se han efectuado en la Región Metropolitana y 1.070 en el resto del país. Ahora bien, considerando que estas solicitudes deben pasar por procesos de admisibilidad, las que han superado dicho examen y fueron efectivamente admitidas a tramitación ascienden a 913, de las cuales 602 están siendo tramitadas en la Región Metropolitana y 311 en Regiones.

¿Y cuántas corresponden a personas deudoras? Al 31 de julio, se habría dado curso a 676 procedimientos, de los cuales 74 corresponden a liquidaciones y 602 a solicitudes de renegociación. En definitiva, cifras muy distantes a las 17.000 que llegaron a preverse (aunque por sobre lo estimado por la SIR). Es cierto que al 31 de julio –fecha de la estadística– faltaban aún tres meses para octubre, en que se cumplirá un año desde la entrada en vigencia de la ley, pero no hay razones para presumir que se producirá un alza que altere dichos rangos.

De lo anterior, podemos concluir que el sistema ha sido capaz de regularse para encontrar un balance, lo que puede ser atribuido a dos factores, principalmente. Por una parte, las personas deudoras parecen haber asimilado los procedimientos como lo que son, esto es, herramientas destinadas a evitar y superar la insolvencia, y no como medios para evadir deudas y, por otra –pero en estricta relación–, tanto los tribunales como la SIR han sido eficientes, en general, para filtrar aquellos casos “dudosos”. Todo indica que en octubre podremos afirmar –entonces con más seguridad– que el rumbo emprendido parece haber sido el correcto.

Pablo Cifuentes Fuentes
Abogado del estudio García Magliona & Cía.

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