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Gran parte de los chilenos paga doble seguro al momento de comprar un departamento

«Lamentablemente, la Superintendencia de Valores y Seguros no cuenta con una instancia particular para la regulación de este ítem, por lo que solo queda que cada propietario solicite a la Administración del edificio un endoso de la póliza de seguro que paga en los gastos comunes, y presentarlo al banco, de manera de no pagar este seguro dos veces. Si se eliminara esta duplicidad y se valorizara de manera adecuada el monto del seguro, se estima que el consumidor final podría ahorrar entre un 2 – 3% del valor total de su propiedad».


El pago doble por los seguros asociados a siniestros de una propiedad, es a veces una “injusticia” a la que se ven enfrentados los compradores chilenos al momento de adquirir un departamento u otro bien raíz afín.

Si bien este es un asunto que no pasa por un tema de ilegalidad, no deja de ser “injusto para el bolsillo del chileno” el sentir que las entidades aseguradoras están lucrando con nuestro dinero y anhelos. Detengámonos en este punto sobre “el pago de este doble seguro” y el “lucro” de las instituciones aseguradoras.

Claramente, existe un desconocimiento por parte de los compradores a la hora de adquirir una propiedad y esto sucede principalmente porque no existe ninguna regulación vigente que impida pagar el mismo seguro de manera paralela a dos organismos distintos. Así, bajo este concepto se produce una duplicidad del cobro de este seguro: el primero, que se paga a través del crédito hipotecario (cobertura sobre la totalidad de la unidad en caso de incendio o sismo) y el otro, que se paga directamente a las compañías aseguradoras (según lo que establece la ley), mediante el pago de los gastos comunes del inmueble, y que cubre también la totalidad de la infraestructura del edificio (incluyendo las unidades particulares y los espacios comunes prorrateados entre sus propietarios), según se estipula en el Artículo 36 de la Ley 19.537 de Copropiedad Inmobiliaria.

Lamentablemente, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) no cuenta con una instancia particular para la regulación de este ítem, por lo que solo queda que cada propietario solicite a la Administración del edificio un endoso de la póliza de seguro que paga en los gastos comunes, y presentarlo al banco, de manera de no pagar este seguro dos veces. Si se eliminara esta duplicidad y se valorizara de manera adecuada el monto del seguro (sobre el Valor de Reposición y no sobre el Valor Comercial del edificio), se estima que el consumidor final podría ahorrar entre un 2 – 3% del valor total de su propiedad.

Es por esto que el llamado es a que las instituciones aseguradoras, en conjunto con las entidades bancarias, realicen un cruce de información de sus clientes con el objetivo de evitar el pago del mismo seguro dos veces del bien raíz.

Jaime Sarrà
Director General Nai Sarrà

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