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Ripley, Fruna y el BCI, algunas de las empresas condenadas por prácticas antisindicales en el segundo trimestre de 2017 19 empresas recibieron multas

Ripley, Fruna y el BCI, algunas de las empresas condenadas por prácticas antisindicales en el segundo trimestre de 2017

De acuerdo a la Dirección del Trabajo, hubo un muy leve aumento condenatorio luego de que durante el primer semestre de 2017 se registraran 18 fallos, lo que contrasta con el segundo semestre de 2016, que sumó 32 sentencias condenatorias. Cabe destacar que una vez ejecutoriadas las sentencias, las empresas multadas no podrán hacer negocios con el Estado durante dos años.


La Dirección del Trabajo (DT) publicó este jueves la lista con las empresas multadas por prácticas antisindicales durante el segundo semestre de 2017.

Esta vez, el Poder Judicial emitió 19 condenas, en 13 de las cuales el rol fiscalizador de la DT permitió llevar los casos ante los juzgados de letras del Trabajo.

Desde la DT indicaron que si bien no hay tendencias desde que comenzó a sancionarse en 2005, señalaron que esta vez hubo un muy leve aumento condenatorio, porque durante el primer semestre de 2017 se registró 18 fallos, lo que contrasta con el segundo semestre de 2016, que sumó 32 sentencias condenatorias.

Entre las empresas multadas, destaca BCI, que reincidió en dichas prácticas y que además consigna dos condenas. Una de ellas por reemplazo ilegal de trabajadores en huelga y la otra por realizar charlas a los trabajadores señalando que quienes participaran en negociación y la firma del contrato colectivo perderían los beneficios del denominado “Manual de Beneficios”, entre otras.

En el semestre anterior este mismo banco había sido condenado por actos de injerencia ante los trabajadores para desincentivar la afiliación sindical y la participación en un proceso de una negociación colectiva.

También hay empresas que ya han sido condenadas otras veces, como Alimentos Fruna Limitada que separó ilegalmente a trabajadores con fuero sindical y Ripley Store Limitada en la Región de Antofagasta debido al despido de socios del sindicato.

Entre los castigos, se indica que los tribunales aplicaron a las empresas condenadas multas por 1.192 UTM, lo que a su valor actual equivalen a $56.046.648.

Sin embargo, no son estas sanciones las más graves para las empresas infractoras. En efecto, de acuerdo a la Ley 19.886 las empresas condenadas quedan excluidas durante dos años como proveedoras del sistema de compras públicas del Estado. Esto, a contar de la fecha en que la sentencia se encuentra en condición de ejecutoriada.

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