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Venta de SQM en suspenso: TC define el jueves constitucionalidad del acuerdo entre FNE y Tianqi MERCADOS

Venta de SQM en suspenso: TC define el jueves constitucionalidad del acuerdo entre FNE y Tianqi

Luego de casi dos horas de alegatos, por decisión unánime, los integrantes de la Segunda Sala del Tribunal Constitucional decidieron dejar pendiente la sesión que revisará la admisibilidad del recurso presentado por Julio Ponce Lerou que pretende frenar el ingreso de la empresa china a la propiedad de SQM. En caso de declararse admisible, el Pleno del tribunal tendrá que pronunciarse respecto el fondo del conflicto.


Suspenso e incertidumbre, así queda el panorama en el Tribunal Constitucional tras su decisión de fijar una nueva fecha para la audiencia que decidirá la admisibilidad del recurso presentado por la sociedad Pampa Calichera, del controlador de SQM, Julio Ponce Lerou, en contra del acuerdo entre la FNE y Tianqi que permite el ingreso de la empresa china a la propiedad de la minera no metálica.

Finalizados los alegatos de las partes en la Segunda Sala del TC, de forma unánime, los ministros de la instancia optaron el «veremos» y la decisión final se dará a conocer en la semana, convocando así a una Sesión Extraordinaria para el día jueves 25 de octubre a las 15:00 horas.

La jugada de Ponce Lerou en el TC pone en jaque los tiempos que tiene la operación en la que Nutrien vende su participación en SQM a Tianqi. Recordemos que las partes fijaron como fecha límite para el traspaso de las acciones el 13 de diciembre. Mientras que los reguladores de China e India ordenaron a Nutrien vender su partición accionaria en la minera chilena con plazo hasta abril de 2019.

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En esa oportunidad, Nutrien advirtió al TC, «si no se cumple con dicho plazo, una agencia de desinversión nombrada por la autoridad India se hará cargo de esta enajenación».

Ante esto, en el TC señalaron a los abogados de las partes que «tenemos conciencia de plazos que involucra esta decisión», añadiendo que, además, no se pronunciarán a temas relacionados con el mercado del litio, ni de la política nacional sobre el producto.

La FNE pide declarar inadmisible el recurso

La Fiscalía Nacional Económica (FNE) pide al Tribunal Constitucional que declare inadmisible el requerimiento de inaplicabilidad por inconstitucionalidad presentado por Pampa contra el inciso segundo del Artículo 39 letra ñ) del Decreto Ley N° 211, que fija normas para la defensa de la libre competencia.

Durante su alegato, el Fiscal destacó que la norma que impugnan los requirentes lejos de vulnerar su derecho a defensa “deja a salvo todos sus derechos”, pues además de haberles permitido intervenir en la audiencia pública convocada por el TDLC para revisar el Acuerdo, el contenido de éste no es vinculante para terceros y, más aún, existe la posibilidad de formular las acciones que estimen pertinentes.

Según explicó el Fiscal, por una parte, los requirentes no están legitimados para presentar dicho recurso y, en segundo lugar, el procedimiento que lleva a cabo el TDLC para aprobar un Acuerdo Extrajudicial, como el de este caso, no es de naturaleza jurisdiccional, sino que corresponde a un acto administrativo.

Tras el alegato, desde la FNE señalaron que “los alcances de este recurso exceden por mucho al acuerdo suscrito con Tianqi, pues pretende socavar una de las principales herramientas con que contamos para el desempeño eficiente de nuestras funciones, que es el Acuerdo Extrajudicial”.

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