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Acoso en tiempos de pandemia: piden urgencia a proyecto para evitar el hostigamiento por llamadas para cobrar servicios MERCADOS Crédito: Archivo

Acoso en tiempos de pandemia: piden urgencia a proyecto para evitar el hostigamiento por llamadas para cobrar servicios

“En tiempos en que la economía y el desempleo se ha visto profundamente impactado y la ciudadanía requiere de mucha ayuda, es importante evitar que sean presas de verdaderos bombardeos de llamadas cobrando cuentas, porque sin duda que eso afecta no sólo la privacidad, sino la salud mental que hoy se podría ver severamente dañada por esta situación”, señaló la senadora Carmen Gloria Aravena.


La senadora Carmen Gloria Aravena (independiente pro RN) pidió al Gobierno que otorgue urgencia al proyecto de ley que busca limitar el hostigamiento a través de llamadas telefónicas para notificar cobranzas, estableciendo una normativa para evitar el acoso, lo que a juicio de la legisladora “es especialmente relevante en medio de la crisis sanitaria por la que atravesamos”.

“En tiempos en que la economía y el desempleo se ha visto profundamente impactado y la ciudadanía requiere de mucha ayuda, es importante evitar que sean presas de verdaderos bombardeos de llamadas cobrando cuentas, porque sin duda que eso afecta no sólo la privacidad, sino la salud mental que hoy se podría ver severamente dañada por esta situación”, subrayó.

La iniciativa, que presentó junto al senador RN Juan Castro, se encuentra radicada en la Comisión de Economía y tiene como fin precisar que la única finalidad que debe tener la interrupción de la intimidad de las personas a través de llamadas o mensajes, es informar sobre deudas, acotando a una la cantidad de comunicaciones permitidas dentro del plazo de 60 días.

Aravena explicó que “la legislación establece que las actuaciones de cobranza extrajudicial no podrán considerar el envío al consumidor de documentos que aparenten ser escritos judiciales; comunicaciones a terceros ajenos a la obligación en las que se dé cuenta de la morosidad; visitas o llamados”.

Si bien hoy está prohibido “generar conductas que afecten la privacidad del hogar, la convivencia normal de sus miembros o la situación laboral del deudor», esto rige para el mercado del crédito y “deja fuera otro tipo de cobros, como son las cuentas de servicios y concesionarias de autopistas, entre otras y por eso consideramos necesario que el mismo criterio se aplique a este otro tipo de deudas”.

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