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Sernac presentó demanda colectiva a Banco de Chile tras detectar «cláusulas abusivas» en contratos MERCADOS Crédito: Agencia Uno

Sernac presentó demanda colectiva a Banco de Chile tras detectar «cláusulas abusivas» en contratos

Por cobros realizados de forma indebida, el Sernac presentó demanda contra el Banco de Chile, para que a este se le exijan multas y otorgue compensaciones a los consumidores que fueron perjudicados por los “honorarios judiciales” que se les añaden a los clientes que tienen obligaciones y deudas vencidas con la entidad bancaria. Desde la entidad bancaria afirmaron que hasta el momento no han sido notificados de la acción judicial y que sus honorarios de cobranza «se ajustan y han ajustado siempre a la legislación vigente sobre la materia”.


El Servicio Nacional del Consumidor Sernac presentó una demanda colectiva contra el Banco de Chile —perteneciente al holding Quiñenco, controlado por el Grupo Luksic— para exigir multas y compensaciones tras detectar «cláusulas abusivas» en los contratos, las que le habrían permitido a la entidad bancaria realizar cobros ilegítimos a los consumidores bajo el concepto de “honorarios judiciales”.

De acuerdo a lo acusado por el organismo, el Banco de Chile realizó gastos de cobranza extrajudicial por sobre los montos máximos que establece la ley y que no se condicen con las gestiones efectivamente realizadas, además de que no entregó al consumidor la información mínima que la ley exige al contratar productos y/o servicios financieros.

Es por esto que la denuncia judicial busca que sean restituidos los montos que se le cobraron a los consumidores de forma indebida, que se declaren nulas las cláusulas abusivas, que se compensen los daños causados a los consumidores y que se condene al banco la máxima de las multas que establece la Ley.

La acción judicial del Sernac asegura que el banco incorpora en sus contratos un cobro por “honorarios judiciales”, calculado de forma previa y arbitraria un valor mínimo y un tope máximo, puesto que estos se calculan “entre el 10% y el 15% de lo demandado, más los gastos y/o costos judiciales”, explicó la institución.

El Director Nacional (s) del Sernac, Jean Pierre Couchot, aclaró que este tipo de cobros aplicados por estas entidades financieras son graves, pues, además de estar limitados en la ley desde el año 1999, afectan a consumidores que ya están morosos, es decir que tienen obligaciones vencidas, y no están en posición de poder negociar.

“En la práctica este tipo de cobros aplicados indebidamente recargan aún más la mochila a consumidores que ya se encuentran en una situación complicada, pues detrás de una deuda impaga se esconden situaciones económicas difíciles, las que se han agravado producto de la pandemia. Nadie tiene deudas sin pagar por gusto”, enfatizó Couchot.

A grandes rasgos, según la información manejada por la institución, se estableció que el monto máximo cobrado a un consumidor por honorarios judiciales fue de $15.103.903, mientras que el monto promedio cobrado es de $353.170.

Sernac afirma que este cobro es aplicado cuando se celebran acuerdos extrajudiciales que ponen término al juicio de cobro, por lo que no son establecidos por el tribunal. A juicio de la institución, la inclusión de esta cláusula y la ejecución de estos cobros no se ajustan a lo que establece la Ley del Consumidor y atentan en contra de la buena fe, ya que no obedecen a parámetros objetivos y producen un desequilibrio importante en perjuicio de los consumidores.

La defensa del Banco de Chile

Banco de Chile abordó la demanda colectiva presentada en su contra por el Sernac; en donde se le acusa de establecer cláusulas abusivas en sus contratos, las que le han permitido realizar cobros ilegítimos a los consumidores bajo el concepto de “honorarios judiciales”.

Al respecto, desde la entidad bancaria afirmaron en primer término que hasta el momento no han sido notificados de la acción judicial.

No obstante, aseguran que “el comunicado de prensa del Sernac contiene declaraciones y afirmaciones que no se ajustan en modo alguno a la realidad, formulando, además, conclusiones incorrectas”.

En la misma línea, sentenciaron que “los honorarios de cobranza de Banco de Chile se ajustan y han ajustado siempre a la legislación vigente sobre la materia”.

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