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Beneficios tributarios para donaciones en pro del deporte en Chile CONTENIDO PAGADO

Beneficios tributarios para donaciones en pro del deporte en Chile

Estos incentivos fiscales tienen como objetivo impulsar el respaldo al deporte en Chile, garantizando que las donaciones se dirijan a promover actividades físicas, deportivas y recreativas en beneficio de toda la sociedad.


Desde el discurso presidencial que marcó la promulgación de la Ley 19.712, conocida como la Ley del Deporte, se ha destacado el deporte como un poderoso agente de transformación social. Más allá de promover la unidad, el deporte derriba barreras sociales, raciales y culturales, superando de manera orgánica la diversidad ideológica, política y religiosa. Además, inculca valores fundamentales para la convivencia, como la solidaridad, el espíritu de competencia justa, el juego limpio y el trabajo en equipo. Este impacto se evidenció recientemente en los Juegos Panamericanos Santiago 2023.

Gisel Chamblas, asesora y experta tributaria de Auditeris, comenta que la Ley 19.712 reconoce al deporte como una preocupación social del Estado estableciendo incentivos fiscales a los contribuyentes del Impuesto de Primera Categoría (IDPC), que declaren su renta efectiva bajo contabilidad completa, y a los contribuyentes del Impuesto Global Complementario (IGC) que realicen donaciones en dinero a institutos o entidades autorizadas para financiar (total o parcialmente) programas y proyectos deportivos.

“El beneficio tributario adopta la forma de un crédito tributario que permite reducir un 50% o un 35% del monto total donado en contra del impuesto anual determinado por cada contribuyente. Además, existe el gasto tributario que permite deducir la diferencia del monto donado que no se pueda rebajar como crédito tributario, sin un tope establecido”, explica Gisel Chamblas. 

Adicionalmente, la experta tributaria de Auditeris, argumenta que la Ley 21.440 permite donaciones con fines deportivos por parte de una amplia gama de contribuyentes, incluyendo aquellos bajo el régimen de transparencia tributaria y de impuestos finales. “En este caso, el beneficio tributario consiste en un gasto tributario. Los contribuyentes del IDPC y los regímenes transparentes pueden deducir anualmente de la base imponible del impuesto a la renta la cifra menor entre 20,000 UTM o, a elección del donante, el 5% de la base imponible, el 4,8 por mil del capital propio tributario o el 1,6 por mil del capital efectivo, mientras que los contribuyentes de Impuestos Finales pueden deducir anualmente de la base imponible la cifra menor entre 10,000 UTM y el 5% de la base imponible del impuesto correspondiente”, cierra Gisel. 

Estos incentivos fiscales tienen como objetivo impulsar el respaldo al deporte en Chile, garantizando que las donaciones se dirijan a promover actividades físicas, deportivas y recreativas en beneficio de toda la sociedad.

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