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SVS duro contra Consejo de Transparencia en caso Cascadas: «escapa total y absolutamente de su competencia»

SVS duro contra Consejo de Transparencia en caso Cascadas: «escapa total y absolutamente de su competencia»

Héctor Cárcamo
Por : Héctor Cárcamo Periodista El Mostrador Mercados
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La Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) no se guardó nada para responder al Consejo para la Trasparencia (CPLT) por su fallo que ordenó a la entidad fiscalizadora entregar antecedentes del Caso Cascadas al presidente de SQM y controlador de las sociedades cascadas, Julio Ponce.

En el recurso de ilegalidad presentado ante la Corte de Apelaciones a las 20:09 del viernes pasado, la SVS –representada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE)– acusó de ilegal al fallo del Consejo y denunció que actuó al margen de sus competencias.

Esto último, a propósito de la resolución del Consejo que señaló que la información requerida por Ponce –y que le negó la institución que dirige Carlos Pavez– afectó el debido proceso y le impidió ejercer su derecho a defensa.

“(…) ese Consejo se escapa total y absolutamente de su competencia para pronunciarse respecto de otras materias que no versan sobre el derecho al acceso a la información, como ocurre cuando se pronuncia acerca del derecho de defensa y del debido proceso; determinando qué antecedentes de un proceso sancionador, en curso, deben ponerse a disposición del formulado de cargos para que efectúe lo que asume corresponde a su derecho de defensa, cuestiones cuya resolución jurídica es de competencia exclusiva y excluyente de los tribunales de fondo, administrativos y jurisdiccionales…”, señala el escrito del CDE.

El ácido ataque a la actuación del CPLT parece tener como objetivo claro impedir que se reconozca que Ponce vio vulnerado su derecho a la defensa y al debido proceso.

“Lo único sobre lo que debió haberse pronunciado directamente ese Consejo en relación con lo discutido, era si existiría o no un atentado en contra del derecho de terceros en caso que sean revelados los datos personales de los mismos, a la luz de la Ley N° 19.628 que regula la materia. No obstante, lo que hace el Consejo para la Transparencia es eludir incluso al criterio utilizado en decisiones anteriores, sólo para acomodar una respuesta acogiendo derechos (debido proceso y derecho a defensa) que no han sido alegados por la recurrente de amparo y que tampoco son materia de competencia de la reclamada…”.

Según el CDE, el Consejo debió haberse limitado simplemente a verificar si se cumplía la hipótesis de la causal de denegación establecida en el numeral 21 N°2 de la Ley en discusión, “cuestión que no ponderó en absoluto, desviándose hacia otros derechos respecto de los cuales no es competente para pronunciarse, además de opinar acerca de cuestiones de mérito del procedimiento administrativo sancionatorio llevado por la Superintendencia, en pleno desarrollo”.

La presentación del CDE a nombre de la SVS provocó la inmediata reacción del abogado de Julio Ponce, Raimundo Labarca. “Me parece especialmente grave que el recurso de la SVS pretenda minimizar la tarea que le cabe al Consejo para la Transparencia, sosteniendo, en forma casi imprudente, que dicho organismo no puede pronunciarse acerca del derecho a defensa de nuestro representado”, afirmó.

El CDE también aclaró otros puntos del alegato que ha hecho la defensa de Ponce, como si existe (y si es así por qué no se le entrega) algún estudio que sustente la tesis de la SVS respecto a que las operaciones de 2009 a 2011 investigadas por la entidad se hicieron a precios fuera de mercado.

“No existe otro documento especial que incluya los análisis requeridos, como pudiera ser algún tipo de informe o estudio sobre precios de mercado, al modo que lo solicita la requirente, sino que el análisis al que hace referencia la peticionaria de información se desarrolla en la misma formulación de cargos. Justamente, dicho análisis es producto de la revisión de todos los antecedentes que sirvieron de fundamento para dicha acusación en la formulación de cargos citada, y su base o fundamento –como se está explicando– fue el cúmulo de documentos y otros antecedentes recopilados en el marco de la investigación del denominado ‘Caso Cascadas’ y que conforman el expediente administrativo”, dijo el CDE.

Respecto de este punto, el abogado de Ponce aseguró que demuestra la falta de argumento de Pavez para sancionar al “ingeniero forestal”, como denomina el CDE al presidente de SQM. “El Reclamo de Ilegalidad interpuesto por la SVS en contra de la Decisión del Consejo importa una confesión de la SVS en cuanto a que no tiene estudio ni análisis alguno respecto de los precios de mercado en función de los cuales se formularon los cargos. O sea, con su reclamo la SVS reconoce explícitamente que deberá absolver a nuestro representado, poniéndole una lápida a la teoría del esquema”, señaló Labarca.

En cuanto al tema de fondo, de si el titular de la SVS estaba obligado a entregar la información requerida como señaló el CPLT, la Superintendencia de Valores y Seguros citó resoluciones de los tribunales y del propio Consejo para sostener que Pavez cumplió con la ley y la Constitución al denegar la información a Ponce. Aún más, a su juicio, el CPLT emitió un falló “ilegal” y que va contra la Carta Magna.

Esto fue duramente refutado por Labarca. “Decir que la autoridad se encontraría impedida de entregar la información en función del deber de reserva que contempla su Ley Orgánica, es sencillamente un absurdo y una alegación que ha sido sistemáticamente rechazada por los Tribunales, ya que importaría derogar de facto el derecho a la información que asegura la Constitución”, indicó.

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