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Banco Central respalda actuar de la Súper de Bancos en disputa por tarjetas del retail

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Iván Weissman Senno
Por : Iván Weissman Senno Editor El Mostrador Semanal
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La disputa entre la Superintendencia de Bancos (SBIF) y el negocio financiero del comercio -por la circular que obliga al retail a entregar sus bases de datos- continúa en la arena judicial. Sin embargo, en los últimos días ingresó un nuevo actor a escena: el Banco Central de Chile.

La entidad envió un informe de 28 páginas a la Corte de Apelaciones, donde respalda la competencia de la Súper de Bancos al momento de fiscalizar a los emisores de plásticos no bancarios.

En la primera página del informe, el instituto emisor deja claro su vínculo legal con la SBIF y luego hace referencia al artículo 2 de la Ley General de Bancos (LGB), la que precisa que la entidad liderada por Raphael Bergoeing está autorizada para fiscalizar a las empresas cuyo giro consista en la emisión u operación de tarjetas de crédito o de cualquier otro sistema similar, siempre que dichos sistemas importen que el emisor u operador contraiga habitualmente obligaciones de dinero para con el público.

Este espaldarazo legal a la SBIF era esperable en las esferas legales, ya que tanto la superintendencia como el propio Banco Central han insistido en la importancia de contar con un registro consolidado de deudas.

Es más, en el propio informe el Banco reconoce una activa participación en la elaboración de las nuevas normativas orientadas a emisores no bancarios, entre ellas la circular 40. La abogada Olga Feliú, en representación de la Cámara Nacional de Comercio y Falabella, entre otros requerientes, presentó un recurso a la justicia en la que señala que esta normativa que regula al retail financiero "vulnera garantías constitucionales", por lo que se pidió dejarla sin efecto.

La normativa de la SBIF para los emisores de tarjetas de crédito no bancarios, es decir, las grandes tiendas, incluye dos puntos que son cuestionados por el comercio ante la justicia: la entrega que el retail deberá hacer de información desagregada, es decir, informar deudas asociadas a un RUT y, además, la limitación al giro único de los emisores.

¿CIRCULAR ILEGAL?

El Banco Central justifica su presencia y el de la SBIF en la industria del retail, sosteniendo que existe un interés público que le permite participar en la regulación de actividades comerciales que involucren al giro de emisión y operación de tarjetas bancarias y no bancarias.

Un elemento que causó molestia en el comercio hace relación a la exigencia de periodicidad en la entrega de bases de datos de los clientes.

Sin ir más lejos, en una carta enviada por el comercio al propio Raphael Bergoeing, se establece que existe ánimo de colaboración, pero que no comparten la entrega física de los datos de sus clientes. ¿Qué dice el Central al respecto? Acá el instituto emisor nuevamente es abrumador contra los intereses de la industria comercial, ya que dice que "la SBIF establecerá mediante norma de carácter general la forma, periodicidad y contenido de la información que deberán proporcionar o remitir los emisores a ese organismo sobre los créditos que ellos otorguen"

Dos reparos que fueron puestos sobre la mesa por las empresas y los gremios dice relación al riesgo inminente que correrían las bases de datos y al giro único que deben tener los emisores de plásticos. Sobre estos elementos, el Banco Central fue tajante y dijo que no se aprecia la existencia de algún daño grave o inminente a los derechos de los actuales clientes de esas empresas. En tanto, con el giro único estableció que es una fórmula que busca proteger o generar una especie de cortafuegos a los comercios asociados, poniendo como ejemplo el caso La Polar.

"Basta recordar, a modo de ejemplo, la situación que afectó a la empresa comercial La Polar, que produjo alarma pública y con ello, la alarma de las autoridades y del sector del comercio afiliado a esta tarjeta de crédito, el que no se vio afectado en definitiva", puntualiza el Central.

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