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Sobre los errores judiciales

El hecho de reconocer y reparar los errores judiciales no debería constituir un signo de debilidad de los jueces ni de la Corte Suprema.


Una joven madre es condenada a 15 años de cárcel por matar a su hijo: luego de tres años en prisión, se establece su inocencia y se la absuelve. Tres jóvenes son condenados a prisión por el homicidio de una mujer: pasan cinco años en la cárcel y son dejados en libertad al demostrarse que no cometieron crimen alguno.



Un padre de familia es encarcelado por trafico de drogas. Después de cuatro años en prisión, logró establecer su inocencia y es liberado. Una familia completa, padre, madre e hijo, es condenada a 10 años de presidio por robo. Su abogado nunca llegó para alegar su inocencia ante la Corte.



Todos estos casos, Eva Sánchez, La Calchona, Manuel Cabrera y la familia Vásquez, tienen varios factores en común: son pobres, son inocentes, fueron sometidos a proceso y encarcelados, no contaron con las garantías judiciales adecuadas para su defensa, son todas víctimas de errores judiciales. Errores que se pagan caro.



Bastaría utilizar el simple sentido común para catalogar estas situaciones como evidentes errores judiciales, y proceder a su inmediata reparación. Sin embargo, la precariedad de nuestra legislación hace muy difícil, por no decir imposible, que los jueces otorguen esa calificación a los individuos que han sido privados de libertad en forma injusta o errónea.



Existe en la opinión publica una marcada y clara sensación de injusticia y desigualdad ante la ley, como ocurrió en el caso de las niñas brutalmente asesinadas en Alto Hospicio. Muchas familias chilenas de escasos recursos están expuestas a vejámenes producto de los errores judiciales, de las policías y también de los poderes ejecutivo y legislativo, en definitiva, del Estado de Chile.



La Convención Americana de Derechos Humanos, de la cual nuestro país es firmante y reconoce competencia obligatoria de pleno derecho, señala en su articulo número 10, en lo relativo a los Derechos Civiles, que «toda persona tiene derecho a ser indemnizada conforme a la ley en caso de haber sido condenada en sentencia firme por error judicial».



Como resultado de un reciente fallo de la Corte Interamericana sobre el caso de La Calchona, las víctimas de este error judicial lograron la debida reparación. Esta, igual que en el caso de Eva Sánchez, les había sido negada por la Corte Suprema de Chile.



En el caso de la señora Sánchez se pretende también reparar y reivindicar su honra, y que la sociedad en su conjunto sepa que respecto de ella la justicia chilena cometió un error al mantenerla presa tantos años por un manifiesto error judicial.



El hecho de reconocer y reparar los errores judiciales no debería constituir un signo de debilidad de los jueces ni de la Corte Suprema. Es al contrario, quien reconoce un error solo acepta su propia naturaleza humana, y como tal, susceptible de cometer equivocaciones.



Es de esperar, por el bien de nuestra sociedad, que las modificaciones introducidas a la legislación procesal penal permitan disminuir la posibilidad de errores, pues en definitiva el sistema siempre será administrado por seres humanos, y como tales, falibles.



También se debe esperar que en casos evidentes como los señalados anteriormente, nuestra propia justicia sea la que reconozca sus errores y repare a tiempo y justamente los daños causados, para que no tengamos que someternos en el futuro a cortes internacionales para lograr justicia en nuestra tierra.



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  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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