Cuando era redactor de «El Mercurio» tenía diferencias de opinión sobre la nueva justicia penal con personas de «Paz Ciudadana», entidad benemérita formada por Agustín Edwards, que la impulsó con muy nobles fines de mejoramiento social.
Mis observaciones no eran las de un especialista, porque no estaba ni estoy demasiado interiorizado en la reforma, pero sí las de un observador informado y con formación jurídica: simplemente les decía a mis jóvenes contradictores que cada vez que leía en el diario la noticia de la detención de un delincuente, éste invariablemente resultaba tener un nutrido prontuario y, con frecuencia, estar gozando de libertad concedida por la nueva justicia.
Mis contradictores respondían que las cárceles ya estaban llenas y hacinadas, que nunca había habido tantos presos en Chile y que la reforma se dirigía a aliviar ese problema, pues el aumento de los presos no era el remedio.
Entonces yo sostenía que las leyes penales tienen por objeto castigar los delitos y que ello representa el disuasivo principal para los delincuentes; y en cuanto al sistema carcelario y penitenciario, defendía mi idea de siempre: debería ser privatizado y los penados deberían pagar su deuda con la sociedad trabajando productivamente en penales al aire libre, en lo posible islas deshabitadas, inexplotadas e inexploradas del sur, donde por definición no habría hacinamiento y se rompería el lema presente de que en prisión «el bueno se hace malo y el malo se hace peor».
Como me ha solido suceder en la vida, parece que al cabo de los años también voy a terminar ganando esa discusión: hoy no sólo sigue siendo crónica la noticia de que casi todos los delincuentes detenidos en delito flagrante tienen nutrido prontuario, están gozando de libertad concedida por los tribunales o tienen órdenes de detención pendientes, sino que se ha llegado ya a una «especialización» de los delincuentes, que se han dado cuenta de que la nueva justicia penal apenas castiga cierto delitos o no lo hace, o impone suaves «penas alternativas», pues las garantías para el delincuente son tantas que es muy difícil lograr su condena.
Como la nueva legislación se preocupó mucho más de los derechos de los transgresores que de los de las víctimas, aquellos muestran una gran confianza en que quedarán impunes, como de hecho van quedando.
Hoy en «El Mercurio», p. C7 y bajo el título «Detienen a ladrón perseverante», se informa de un sujeto de Llanquihue que robó equipos de bomberos por valor de un millón de pesos. Fue aprehendido por Carabineros, formalizado por el fiscal y luego liberado por el tribunal de garantía. Exactamente el cuadro que yo hacía ver a mis jóvenes contradictores del comité de redacción de «El Mercurio». La consecuencia del caso fue la que yo les pronosticaba: el ladrón volvió a cometer el mismo delito el mismo día y volvió a robar las mismas especies que había sustraído en la mañana. Ahora ha sido puesto de nuevo a disposición de los tribunales. ¿Lo volverán a dejar libre?
Ahora la ciudadanía presencia, supongo que atónita, el debate suscitado a raíz del más comentado y múltiple asesinato por encargo cometido en los últimos años. La autora intelectual, a quien no sólo han acusado las pruebas presentadas sino el unánime testimonio de su madre, sus hijos, su hermana y su cuñado, para no hablar de otros familiares de las víctimas, ha sido condenada por dos votos contra uno, porque ha habido una jueza de entre los tres miembros del tribunal que ha considerado que no hay suficientes pruebas contra la acusada para considerarla autora «más allá de toda duda razonable».
Y lo más sorprendente es que se ha desatado un debate entre prestigiados juristas acerca de si, por el solo hecho de haber un voto disidente en una sentencia condenatoria, no podríamos concluir que la autora no es responsable «más allá de toda duda razonable», pues el solo hecho del voto disidente en sí es fundamento para que exista tal duda.
Como hay recursos pendientes, pues la condenada en primera instancia los ha interpuesto, ¿no podría triunfar ante los tribunales superiores la tesis de la «duda razonable», por el hecho de haber existido una condena con un voto disidente?
¿Cómo se le va a explicar al país, informado hasta el más mínimo detalle acerca de cómo y por encargo de quién se cometieron los asesinatos (y se frustraron otros también encargados), que quien urdió la trama quede libre de pena? ¿Cómo se le explicará al país que, siendo la acusada la única persona relacionada con las víctimas o potenciales víctimas, y la que tenía un móvil para atentar contra ellas, resulte considerada inocente en virtud de la «duda razonable», en tanto el único autor que resultará condenado sea el hechor material, acerca de cuya responsabilidad no hay «duda razonable», pero que no tenía vínculo con las víctimas ni móvil ni otra razón para delinquir que el haber sido contratado por la autora intelectual, declarada inocente en virtud de la «duda razonable»? ¿Es esto razonable? ¿Quién va a poder entender semejante desenlace? ¿Quién se lo va a explicar a la opinión pública?
Es probable que, por mero sentido común, no se llegue a semejante absurdo, aunque nuestros tribunales son capaces de ello, como lo demuestran sus crónicos fallos ilegales e irracionales en materia de «derechos humanos». Pero si extendieran ese criterio a hechos penales comunes, creo que ya lograrían lo que parecía imposible: superar su propia marca.