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Delincuencia: que opinen expertos de verdad

Leonardo Moreno Holman
Por : Leonardo Moreno Holman Académico e Investigador de la Facultad de Derecho, Universidad Alberto Hurtado.
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Aquí se manifiesta la verdadera aspiración de estos ex policías. Desean actuar sin control alguno, para que todos quedemos expuestos a más excesos policiales, tal como ocurrió en tiempos muy pasados, o como hoy acontece sólo en los regímenes autoritarios que quedan en el planeta.


Que todo el mundo opine de un tema relevante como es el de la justicia penal es propio de la lógica democrática, aunque muchas de esas opiniones no sean más que un cúmulo de brutalidades. Por eso es vital cuando la prensa quiera informar sobre este tema, que extraiga aquellas ideas más consistentes ya sea por la solidez de sus fundamentos o por la reconocida autoridad de su emisor. Si no se corre el riesgo de difundir información equivocada que por su efecto masivo distorsionará la opinión pública. Es el caso de una reciente crónica —que comienza con el cuestionable calificativo de “expertos”— en la que El Mercurio entrega declaraciones de policías en retiro acerca de las restricciones constitucionales que Chile tiene para controlar las actuaciones policiales.

Los tres ex policías coinciden en una afirmación absolutamente falsa que sorprende y espanta, sobre todo si son presentados ante los lectores como opiniones de alta credibilidad. Cuando el ex director de Investigaciones Arturo Herrera afirma que “si la policía no tiene las facultades para allanar cuando posee antecedentes de dónde está un prófugo, no pueden exigirle éxitos en las peticiones de captura”, denota un desconocimiento feroz de las facultades que tiene la institución que dirigió. El artículo 9 inciso 3 del Código Procesal Penal dice textualmente: “Tratándose de casos urgentes en que la inmediata autorización u orden judicial sea indispensable para el éxito de la diligencia, podrá ser solicitada por cualquiera medio idóneo al efecto, tales como teléfono, fax, correo electrónico…”. En consecuencia, si “posee antecedentes” basta con que los policías se los comuniquen al fiscal a través de una llamada por celular, para que éste, por la misma vía, solicite verbalmente al juez la autorización para allanar el lugar donde está el prófugo. Procedimientos como este, que se ejecutan en cuestión de minutos, ocurren a diario a lo largo del país. Por eso la afirmación del ex carabinero en retiro Pedro Valdivia resulta igualmente incomprensible: “Si se ubica a un prófugo, el carabinero debe informar al fiscal y éste, a su vez, debe pedir la autorización de allanamiento al juez de garantía. Mientras este trámite ocurre, es fácil que el delincuente se dé a la fuga”. Este “trámite” lejos de ser un papeleo burocrático y lento como denota su crítica, no es más que un par de llamadas telefónicas que pueden hacerse incluso desde la puerta del lugar que se desea allanar.

[cita]Estos ex policías no desean pasar ni por el control del fiscal, ni del juez, para así decretar allanamientos masivos, violentando a decenas de familias honestas, por el sólo hecho de vivir —por ejemplo— en una población en riesgo social. Eso es usar el allanamiento como medio de investigación, cuando lo profesional es al revés: investigar para luego de tener los antecedentes, allanar el lugar donde se oculta el prófugo.[/cita]

El problema real pareciera ser que hay policías que quieren allanar hogares o detener personas sin contar con antecedentes que justifiquen su proceder. Finalmente el artículo reproduce aseveraciones del ex detective Héctor Soto Candia que revelan el fondo de este asunto. Cuando señala que “la aprehensión hoy queda sujeta a situaciones ajenas a la diligencia policial”, se expresa como si la detención fuera el sólo acto de fuerza de capturar a un hombre, mujer o menor de edad, sin la obligación de respetar los derechos de esa persona, que es lo que da legitimidad a ese acto punitivo. El mismo oficial en retiro agrega que “si no hay facultades amplias, la captura queda al azar…”.

Aquí se manifiesta la verdadera aspiración de estos ex policías. Desean actuar sin control alguno, para que todos quedemos expuestos a más excesos policiales, tal como ocurrió en tiempos muy pasados, o como hoy acontece sólo en los regímenes autoritarios que quedan en el planeta. Estos ex policías no desean pasar ni por el control del fiscal, ni del juez, para así decretar allanamientos masivos, violentando a decenas de familias honestas, por el sólo hecho de vivir —por ejemplo— en una población en riesgo social. Eso es usar el allanamiento como medio de investigación, cuando lo profesional es al revés: investigar para luego de tener los antecedentes, allanar el lugar donde se oculta el prófugo. Pero si algo falta acá es investigación. El Código Procesal Penal fue discutido durante años por los legisladores y expertos —¡expertos de verdad!—, y se consagraron normas que dieron al Ministerio Público y las policías bajo su dirección, todos los recursos profesionales y tecnológicos necesarios para investigar. Usar bien esos medios resulta mucho más razonable y eficiente que ampliar la discrecionalidad policial para menoscabo de los derechos de los ciudadanos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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