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Respuesta a las Isapres

Por: Eduardo Bitran y Guillermo Parajes, académicos UAI


Señor Director:

En columna de opinión el Secretario Ejecutivo de la Asociación de Isapres, Rafael Caviedes, defiende la mantención de la integración vertical a través de empresas holding propietarias de Isapres y Prestadores de Servicios Médicos. Tiene razón el Secretario Ejecutivo al señalar que las integración vertical no es negativa per se en cualquier industria o sector. Sin embargo, en el caso de la industria de las Isapres existen diversos argumentos para prohibir la integración vertical en este mercado.

En primer lugar el mercado de Isapres no es cualquier mercado, los usuarios están obligados por ley a cotizar el 7 % de sus ingresos. Existe la alternativa del Fonasa, no obstante la decisión de elegir entre Fonasa y una Isapre está afectado por serias asimetrías de información que impide una decisión racional. Las Isapres ofrecen más de 12 mil planes, siendo muy difícil comparar, especialmente, cuando es complejo evaluar la cobertura efectiva frente a diferentes siniestros de salud.

El mercado relevante para muchos cotizantes no incluye el Fonasa, por tanto las aseguradoras privadas cuentan con una demanda cautiva que está obligada a cotizar.

Si existiera competencia en precios, información simétrica  y bajas barreras de entrada a la industria no habría problemas con la integración vertical. No obstante, esta industria presenta alta concentración de oferta y elevadas barreras de entrada, además de los graves problemas de información asimétrica.

En este contexto la integración vertical con prestadores aumenta las barreras de entrada a la industria y por tanto mantiene la concentración y la posibilidad de abuso de posición dominante frente a usuarios desinformados. Aumenta las barreras de entrada, ya que la inversión hundida que deben realizar nuevas aseguradoras para ingresar al mercado aumenta exponencialmente si deben hacerlo con su propia infraestructura de salud para competir con los prestadores integrados.

Por otro lado, la integración vertical disminuye el incentivo a innovar en los mecanismos de contratación de servicios para contener costos, ya que en un mercado poco competitivo los aumentos de costos son transferidos a los asegurados y pueden gozar de rentas como prestadores. Es por ello que un IPC de la salud no resuelve el espiral del aumento de costos. La  solución de problemas de riesgo moral, que aumentan los costos de salud, se generan por la existencia de seguros que pagan una proporción de los gastos de salud y los prestadores sobre utilizan exámenes caros y le cargan a la Isapre. En este caso a la Isapre le importa poco, ya que los mayores costos los traslada en definitiva a los usuarios y gana como prestador.

Los casos de seguros integrados en Estados Unidos, efectivamente han desarrollado nuevos sistemas de contención de costos, con sistemas de salud administrada. Esta realidad  es muy diferente, ya que los que contratan son principalmente empresas que ven aumentar sus costos si no hay incentivos a bajar costos. Por tanto un mercado mucho más competitivo con compradores de seguros bien informados y con incentivos y poder para negociar genera un resultado muy diferente. En Chile los comparadores están mal informados, no tienen poder negociador, están cautivos por las preexistencias y además la oferta es muy concentrada. Resultado, el sistema en más de 30 años no ha innovado para generar esquemas nuevos de contratación para bajar costos. Siempre ha funcionado preocupado de extender los cortos plazos con rentas exorbitantes en vez de buscar soluciones efectivas a los problemas del sector. En consecuencia, es el momento de terminar con la integración vertical y reducir los miles de planes a un máximo de 10 por Isapres en que al menos 3 deben ser estandarizados por una comisión, incluyendo un plan básico. Eliminar las preexistencias y carencias con un fondo de compensación inter sistema (Fonasa-Isapres).

La Constitución y la ley permiten la posibilidad de establecer límites al dominio de bienes si se afecta la libre competencia. Tal es así que en otras industrias se ha legislado estableciendo restricciones a la integración horizontal y vertical en forma directa o indirecta, como es el caso por ejemplo del sector portuario. La comisión preventiva central, precursora del tribunal de la libre competencia, obligó a una empresa de telefonía local a vender su participación en la empresa de larga distancia. En ninguno de estos casos se pudo alegar que se afectaban derechos constitucionales ya que la economía de mercado requiere que exista competencia, especialmente si se trata de bienes esenciales de compra obligatoria. El ministro de Salud, Jaime Mañalich, que entiende los incentivos perversos del sistema actual, tiene la oportunidad única de permitir una reforma, que siempre fue vetada por la derecha gracias al sistema binominal.

 

Eduardo Bitran y Guillermo Parajes
Académicos Universidad Adolfo Ibáñez

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