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Nueva ley de acreditación: mayores exigencias a las instituciones de educación superior (IES)

Gonzalo Puentes
Por : Gonzalo Puentes Secretario Ejecutivo de Aequalis, Foro de Educación Superior
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El despacho al congreso de la nueva ley de acreditación abre la oportunidad de perfeccionar y fortalecer el actual sistema de acreditación. Sin duda que la nueva ley debe contribuir a recuperar la confianza en el sistema, pero más importante aún, a mejorar la calidad de la educación superior.

Dos aspectos que creo importante destacar antes de la discusión que se dará pronto respecto a la nueva ley:

1. El sistema de acreditación actual, desde su creación con la antigua CNAP hasta ahora con la CNA, ha contribuido a mejorar la calidad de las IES. Puede sonar discordante con los hechos que hoy resuenan en la opinión pública, pero es justo reconocer el trabajo de muchos directivos, académicos y expertos que han participado de los avances en calidad que hoy experimentan la mayor parte de las IES.

[cita]La discusión parlamentaria tendría que ponderar cómo esta nueva legislación combina adecuadamente la regulación estatal y la autonomía de las instituciones, de modo que las IES puedan garantizar calidad a los estudiantes y sus familias pero, al mismo tiempo, no inhibir su desarrollo.[/cita]

2. Los sistemas de acreditación están presentes en la mayor parte de los países desarrollados, en algunos casos con una experiencia de más de 100 años como ocurre en USA. Sería por tanto improcedente comenzar la discusión cuestionando su importancia.
En general, la nueva ley apunta a:
‒ Crear la nueva Agencia Nacional de Acreditación (ANAC)
‒ Conformada por cinco miembros: presidente elegido por el Presidente de la República y cuatro elegidos por Alta Dirección Pública. Estos últimos aprobados por el Senado (3/5).
‒ Acreditación integral: institución y carreras (dos por nivel: pregrado, postgrado).
‒ Acreditación obligatoria, sí o no, por seis años, según vocación, vinculante a reconocimiento oficial.
‒ Acreditación obligatoria de carreras de pedagogías y Medicina.
‒ Acreditación internacional: opción válida para cualquier institución, siempre y cuando se haga ante un organismo reconocido y aprobado por ANAC.
‒ Acreditación provisional: por 3 años por una sola vez, en caso de no cumplir estándares
Estas medidas sin duda recogen varios aspectos detectados como debilidades del sistema de acreditación vigente y constituyen un avance en su mejoramiento.

En mi opinión, uno de los aspectos más relevantes de la nueva ley es la definición de 12 estándares de calidad, que establecen con mayor claridad lo que se espera que una institución cumpla respecto a sus propósitos declarados. Estos estándares combinan una evaluación tanto de los procesos desarrollados por una institución como de sus resultados. La integralidad de los estándares constituye una mayor exigencia para las instituciones de educación superior, sobre todo tomando en consideración que de no haber cumplimiento de uno de ellos no podrán obtener la acreditación.

Si a lo anterior se suman las otras iniciativas de ley impulsadas por el ejecutivo, como la creación de la Superintendencia de Educación Superior, habría que reconocer además que las IES se verán enfrentadas a una mayor regulación por parte del Estado.
La discusión parlamentaria tendría que ponderar cómo esta nueva legislación combina adecuadamente la regulación estatal y la autonomía de las instituciones, de modo que las IES puedan garantizar calidad a los estudiantes y sus familias pero, al mismo tiempo, no inhibir su desarrollo.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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