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Spiniak ¿es la noticia?

Carolina Valenzuela
Por : Carolina Valenzuela Académica y psicóloga forense
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Es cierto que, ante la ley, no es pedófilo. La condena que mereció fue por estupro, lo que significa que violó a niños entre 14 y 18 años. La diferencia radical entre ser acusado de violación o estupro es que, en el segundo caso, se hace alusión a que el victimario se aprovecha del poder que tiene sobre la víctima sobre la base de una relación de dependencia, grave desamparo, anomalía o perturbación mental y/o finalmente inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima.


Ira, temor, desconfianza, sensación de injusticia, esas emociones y muchas más son las que han vivido muchas personas con la liberación de Claudio Spiniak. Más allá de la discusión de si es o no un pedófilo (para mí, lo es), representa un peligro que es posible especificar, y no solamente para la sociedad, sino también para nuestros niños.

Es cierto que, ante la ley, no es pedófilo. La condena que mereció fue por estupro, lo que significa que violó a niños entre 14 y 18 años. La diferencia radical entre ser acusado de violación o estupro es que, en el segundo caso, se hace alusión a que el victimario se aprovecha del poder que tiene sobre la víctima sobre la base de una relación de dependencia, grave desamparo, anomalía o perturbación mental y/o finalmente inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima. Spiniak era y es una persona con bastantes recursos económicos, por lo que fue para él muy fácil aprovecharse de las vulnerabilidades, tanto económicas como emocionales, de sus víctimas. Para decirlo rotundamente: no sólo violó a esos niños, sino que usufructuó de la fragilidad de ellos para hacerlo.

Entonces, ¿cómo vamos a proteger a los niños y niñas de este país para que no sucumban en las redes de sujetos como Spiniak? Una buena iniciativa es la Ley 20.594, publicada el 19 junio del año pasado. El llamado “registro de inhabilidades para condenados por delitos sexuales contra menores”, sin embargo, no incluiría a Spiniak, por cuanto no presenta ninguna inhabilidad para trabajar con niños o niñas. Pero, siendo realistas, nadie puede creer que Spiniak se atrevería a buscar trabajo en un colegio o jardín infantil. En caso de volver a cometer un delito, muy probablemente lo haría siguiendo el mismo patrón de búsqueda de acceso a niños con vulnerabilidades fuera del sistema. Lo que sí debiera preocuparnos es que, como el referido registro no es retroactivo, no incluiría a todos esos sujetos que antes del 2012 fueron condenados por este tipo de delitos.

[cita]Es cierto que, ante la ley, no es pedófilo. La condena que mereció fue por estupro, lo que significa que violó a niños entre 14 y 18 años. La diferencia radical entre ser acusado de violación o estupro es que, en el segundo caso, se hace alusión a que el victimario se aprovecha del poder que tiene sobre la víctima sobre la base de una relación de dependencia, grave desamparo, anomalía o perturbación mental y/o finalmente inexperiencia o ignorancia sexual de la víctima[/cita]

Un cálculo extraoficial habla de 1.290, cifra que no es menor. Además, éstos no tuvieron atención de los medios y, adicionalmente, es muy probable que vuelvan a reincidir en este tipo de conductas. No olvidemos que la pedofilia no tiene rehabilitación. Una Espada de Damocles pende sobre nuestros niños y niñas porque, desgraciadamente, habría que esperar que reincidan para que ingresen en el referido registro. Es ésta una razón más, y no menor, para que se promulgue con urgencia la llamada Ley de Protección a la Infancia, de forma de reducir las posibilidades de que nuestros niños se vean envueltos en relaciones de poder asimétricas y abusivas.

Otro aspecto relacionado con la protección de nuestros niños hace referencia a la urgente necesidad de evitar la victimización secundaria de un niño o niña que ha sido abusado. En la actualidad, existe una masiva campaña que apunta en esa dirección y que ha logrado, hasta el momento, más de 14.000 firmas. Con el nombre de #nomepreguntenmas, propone la realización de dos entrevistas videograbadas durante el proceso. Una, posterior a la denuncia, de tipo investigativo y, llegado a juicio oral, otra entrevista de carácter judicial. Con ello, se pretende evitar que el niño o niña se vea sometido a referir la situación de abuso con cada actor del proceso, lo que se ha calculado en siete oportunidades como promedio. La referida campaña, junto con poseer una fundamentación clara, está también sostenida por premisas de la psicología del testimonio que la respaldan. Una situación de abuso sexual, ya de por sí traumática, se convierte en una obligación dolorosa para un niño que es compelido a relatarla una y otra vez, demandándole además claridad, coherencia y congruencia. Sin embargo, ¿cuántas veces hemos leído en la prensa que el relato del niño o niña ha variado entre entrevistas o ha perdido consistencia? No es posible traspasar el peso de la defensa a los recuerdos y relatos de los niños. La rigurosidad que se espera en la investigación de este tipo de denuncias debe quedar asegurada por profesionales expertos con conocimientos de la dinámica traumatogénica del abuso y sus etapas.

Se abren tiempos de cambio en Chile, con acumulación de demandas y expectativas puestas en cambios que ya no soportan lo cosmético. Es de esperar que los niños no sigan siendo los grandes olvidados porque resulta más noticioso hablar de los victimarios, que de la protección a las víctimas.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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