Detenciones “ciudadanas”
Señor Director:
Las recientes reacciones de algunos ciudadanos sobre personas acusadas de cometer delitos en la vía pública, difundidas por diversos medios, deben ser fuente de preocupación.
Desde luego, actos destinados explícitamente a vejar y humillar a otros, atentan contra lo primero que reconoce nuestra Carta Fundamental: la dignidad de todos y cada uno de nosotros. No es difícil cumplir con dicha norma frente a quienes nos merecen simpatía y respeto. El desafío, y de ahí la importancia de dicha norma, es cumplirla en aquellos casos en que naturalmente sentimos aversión, rabia e impotencia frente a otros. Pero, por sobre el hecho en sí, más preocupante resulta la reacción que como Sociedad hemos tenido frente al mismo.
El vejamen a un joven en el centro de Santiago, a plena luz del día, ha sido ampliamente difundido a través de fotos y videos de personas que presenciaron estos hechos, al parecer muchos más que quienes intentaron contactar a Carabineros para que la persona fuese detenida. Su difusión y posteriores comentarios en redes sociales, parecen replicar la frustración e impotencia de quienes participaron. Y algunos medios de comunicación han presentado el hecho como una “detención ciudadana”, e incluso, como una justa reacción ante el delito.
Avalar (y no sólo comprender) lo sucedido en días previos, socava las bases de un Estado Social y Democrático de Derecho, al cual le confiamos el ejercicio de la fuerza más intensa que legítimamente empleamos contra las personas: la sanción penal. Podría señalarse que el ejercicio de esa fuerza no está operando, pero ello confirma la invisibilidad de más de 43.000 adultos y 1.500 jóvenes que se encuentran actualmente privados de libertad, producto de ese ejercicio. Entonces, es esa invisibilidad la que nos debe comprometer a reafirmar la acción de la justicia (reglada, transparente y responsable) como respuesta a estos conflictos, fortaleciendo la investigación y persecución penal para lograr mayores tasas de esclarecimiento delictual, otorgando mejores espacios de participación de las víctimas, y promoviendo mecanismos de resolución de conflictos que aborden derechamente las causas subyacentes a la actividad delictiva, todas materias aún pendientes en nuestro sistema de justicia penal.
Sin embargo, ni aun mejorando todo lo anterior, podemos esperar que no sigan ocurriendo estas situaciones, si no se consideran la prevención y la reinserción.
La prevención, por cuanto el derecho penal siempre llega tarde, es decir, una vez que ya existe una víctima. Por ello, la prevención debe ser prioritaria y, más aún, la prevención temprana, esperando con ello tener menos víctimas y, consecuentemente, menos detenciones (“ciudadanas» o no).
La reinserción, debido a que todo condenado tarde o temprano recuperará su libertad, y todos queremos por cierto que esa libertad, por una reincidencia, no sea transitoria, sino permanente. Para ello, la reinserción de los condenados es crucial para este objetivo.
Entonces, más allá de lo criticable que resultan los acontecimientos de los últimos días, una buena forma de evitarlos es avanzar decididamente en estos dos ámbitos, siendo tal su importancia que necesariamente debe pasar a ser una política país, que trascienda al respectivo gobierno de turno.
Sebastián Valenzuela Agüero
Miembro Asociación Chilena de Justicia Terapéutica, ACHTJ