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Cambio constitucional: contenidos y (ausente) perspectiva de género

Javiera Arce y Tania Busch
Por : Javiera Arce y Tania Busch Javiera Arce, Fundación Chile 21; Tania Busch, Corporación Fundamental
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Las últimas semanas hemos sido testigos de la efervescencia de la discusión constitucional, que durante el último año se había producido en silencio críptico del Ejecutivo (sin más luces que las ambiguas fórmulas de democrático, institucional y participativo). La Presidenta de la República ha puesto fecha de inicio al proceso constituyente y entregó claves sobre sus características durante la cuenta pública (“amplio acuerdo”, “participación ciudadana realmente incidente”, “equilibrio adecuado”). El “cómo”, sin embargo, todavía no se precisa. Esto ha generado que actores políticos, sociales y académicos vuelvan sobre el debate procedimental interpretando, discutiendo y proponiendo cabildos ciudadanos, comisiones técnicas, plebiscitos ratificatorios, asambleas constituyentes, y un largo etc. En diversas ciudades, universidades, centros de pensamiento e incluso autoridades locales realizan encuentros y seminarios sobre el tema, con gran participación y asistentes. Y es que el llamado “mecanismo” concita la mayor atención y enciende el debate.

Desde luego la forma es relevante y decisoria, en materias como esta. El debate sobre el fondo, la cuestión sustantiva respecto de los contenidos a establecer en una nueva Carta Fundamental han generado menor atención de la opinión pública y los medios. Y sin embargo son de la mayor relevancia, y tanto o más controversiales que la cuestión procedimental: algunos de los temas en el debate son pasar de un Estado abstencionista a un Estado social, al modo del Estado de bienestar, definiciones sobre la renacionalización de recursos naturales y otros que implicarían un cambio profundo de modelo. Esto inquieta a la sectores que acusan sobreideologización del debate (como si la carta vigente fuera ideológicamente neutra y no un particular sincretismo del corporativismo y el liberalismo económico [Cristi]).

Una cuestión fundamental para más de la mitad de la población no se alcanza a escuchar con la fuerza necesaria entre tanto encuentro, simposio o seminario: ¿qué lugar hay para las mujeres en el debate constitucional? Puede sonar majadero el reclamo, pero es imperativo insistir. Pese a ser la mitad de la población nacional, estamos subrepresentadas políticamente. Apenas hay un 30% de mujeres ministras de Estado, 15, 8% de mujeres en el Congreso Nacional, 12,5% de mujeres alcaldesas, un 19% de mujeres consejeras regionales, y 25% de mujeres concejalas.

¿Alcanza para abordar este problema la consagración del principio de igualdad formal en la constitución? Nuestra realidad, y la escasa capacidad institucional de traducir las problemáticas de las mujeres en decisiones políticas parece indicar que no. Es urgente el reconocimiento constitucional del principio de igualdad sustancial, que se haga cargo de las desigualdades de hecho, estructurales, en que viven mujeres y otros miembros de grupos desaventajados.

Una Constitución no es una varita mágica, desde luego, y por sí sola no resuelve los problemas. Ha de ser el libre juego democrático, la política en su mejor acepción, la que resuelva los problemas a través del actuar de los poderes electos. Un largo catálogo de derechos no asegura su vigencia efectiva, estamos conscientes. Incluso, puede llegar a empobrecer el juego democrático (judicialización de la política y activismo judicial). No obstante, una Constitución no sólo establece derechos: también mandatos de desarrollo al legislador. Orientaciones de su actuar que en la elaboración de las leyes conduzcan a objetivos de igualdad material entre mujeres y hombres. Se requiere una Constitución que establezca objetivos claros respecto de la superación de las desigualdades estructurales que afectan a las mujeres, orientando hacia una redistribución del poder en la sociedad. Proponemos como objetivos: igual acceso a los cargos de elección popular, acceso a la salud, igualdad salarial, corresponsabilidad parental y políticas del cuidado, derecho a vivir una vida sin violencia, educación no sexista: todas condiciones necesarias para ser reconocidas como sujetos autónomos que pueden decidir su propio plan de vida. El detalle, el “cómo” deberá desarrollarse por ley.

Mayoritariamente ausentes en las discusiones académicas sobre cambio constitucional, y en las altas esferas del poder formal, pero con fuerte presencia en los actores sociales, las mujeres chilenas comienzan a organizarse en torno a la discusión de una nueva Constitución. Algunas iniciativas, como el Cabildo Mujeres y Nueva Constitución son relevantes pero su impacto será discreto si quienes conducirán este proceso constituyente no incorporan la perspectiva de género. No sabemos todavía el procedimiento. Sí que la perspectiva de género respecto del debate constitucional importa hacerse cargo de preguntas sobre la representación (o sub representación) de las mujeres en las instancias consultivas (no es posible que se organicen seminarios constitucionales sin mujeres expertas) y decisorias (escaso número de parlamentarias, asambleístas o participantes de los cabildos, según el caso).

Es de esperar que la construcción de una nueva institucionalidad incorpore la perspectiva de género, entendiendo que una redistribución del poder importa reconocer las desigualdades estructurales. Las mujeres tenemos algo que decir, no sólo sobre los temas que nos afectan directamente en nuestra condición de tales, también sobre los “temas país”. Queremos que nuestra participación sea “realmente incidente” y para eso, tenemos que estar decidiendo. Con salir en la foto, no será suficiente.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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