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La discriminación arbitraria y el TC

Guillermo Rodríguez
Por : Guillermo Rodríguez Profesor E. Básica y Magister en Psicología
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Mientras esperamos que los ministros designados en democracia redacten el fallo sobre la glosa presupuestaria donde tienen que explicar qué es para ellos “discriminación arbitraria” aquí algunas consideraciones objetivas y no políticas como creo lo harán ellos.

Cuando se habla de discriminación se refiere y alude especialmente a seleccionar “algo” y no necesariamente a alguien, ya que el término apropiado para referirse a las personas es excluir. Por lo tanto la tesis tanto de Chile Vamos y los ministros del TC que acogieron el recurso estaría cayendo en un profundo error, pues el dar un sentido errado e incorrecto para justificar dicha resolución no podría tener validez argumentativa.

Ahora bien, actualmente existe también una medida política denominada «discriminación positiva» que consiste en ayudar a un colectivo desfavorecido de la sociedad para que pueda conseguir la equidad social, para ello se deben poner ciertas reglas fundamentales que en este sentido deben cumplir las instituciones de educación superior que es cumplir la ley de universidades, su normativa y reglamentos, ya que los recursos del Estado se deben proteger y destinarse en políticas focalizadas. En este sentido el TC olvidó muchas otras políticas de carácter focalizada que se han implementado en el país años anteriores para aprovechar los recursos que los chilenos (no todos) pagamos en impuestos y ahora con altura de mira tratan de hacer un juicio a una política focalizada, si eso no es contradicción ¿qué es?

[cita tipo=»destaque»]Bajo la incertidumbre de un escrito judicial esperaran miles de estudiantes y sus familias, universidades de las buenas y de las “otras”, la opinión pública, los parlamentarios -unos para defender al mercado universitario y otros a los estudiantes-, las autoridades de gobierno para utilizar las múltiples opciones que tienen, y finalmente el dictamen de un TC no validado por la ciudadanía.[/cita]

Por otra parte tenemos la segunda palabra “arbitraria”, según la RAE es: sujeto a la libre voluntad o al capricho antes que a la ley o a la razón. En este contexto cuando se aprobó el recurso los 7 ministros dicen que lo que hizo, al entregar requisitos a las instituciones de educación superior, no están considerando la propia ley que pasó todos los trámites constitucionales siendo capricho o peor aún actuando fuera de la ley.

No tendiendo formación jurídica se observa que al parecer que esto podría exceder los límites de posibilidad interpretativa que el ordenamiento deja al arbitrio de los jueces, y las señales serian equivocadas para la ciudadanía y la institución.

Así entonces bajo la incertidumbre de un escrito judicial esperaran miles de estudiantes y sus familias, universidades de las buenas y de las “otras”, la opinión pública, los parlamentarios -unos para defender al mercado universitario y otros a los estudiantes-, las autoridades de gobierno para utilizar las múltiples opciones que tienen, y finalmente el dictamen de un TC no validado por la ciudadanía, desconocido para muchos e invadido por tendencias políticas en las cuales se basan sus fallos y resoluciones.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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