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ANFP y órganos de competencia: Caso Valdivia

Por: Gonzalo Cruzat Valdés, abogado


Señor Director:

No debiera serle indiferente a la Fiscalía Nacional Económica lo que ocurre en torno a Club Deportes Valdivia y el costo de casi 2 millones de dólares que le impuso la ANFP para participar en la división de fútbol profesional.

Recientemente, la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valdivia sancionó que dicho cobro es arbitrario como injusto. Es contrario a derecho y debe ser reversado. Así de claro.

Ahora bien, e independientemente de lo que dictaminen en definitiva los tribunales superiores de justicia, la ANFP debe entender que dada la estructura monopólica en que opera la industria del fútbol profesional, su actuar puede ser monitoreado por la institucionalidad que vela por la libre competencia y, en particular, lo que diga relación a la celebración de actos jurídicos, bases como reglamentos internos.

En este caso concreto, se pretende imponer una barrera de entrada extremadamente gravosa que ciertamente favorece a los incumbentes e impide, con ello, la entrada de nuevos actores como Club Deportes Valdivia, hoy, u otro, el día de mañana. Dicha barrera infringe el Decreto Ley 211 y, en tanto no se elimine, puede ser objeto de escrutinio como sanción de parte del regulador de competencia. Sumado a lo anterior, el daño patrimonial al club producto del «limbo» en que se le ha dejado no debiere serle indiferente a nadie, ni ANFP como FNE.

Históricamente, el fútbol ha entendido que está eximido de judicatura «extra fútbol». Eso es un error, más cuando hay un interés público comprometido como un bien jurídico tutelado como la libre competencia. En consecuencia, la FNE como el TDLC pueden conocer de esta materia si son requeridos.

La ANFP debe tener esto claro con motivo del Consejo de Presidentes que se pronunciará respecto de la admisión de Club Deportes Valdivia a la división profesional.

Gonzalo Cruzat Valdés
abogado

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