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Informe de Medio Ambiente y las transformaciones socioambientales que necesita Chile Opinión

Informe de Medio Ambiente y las transformaciones socioambientales que necesita Chile

Gloria Alvarado
Por : Gloria Alvarado Eco constituyente y de movimientos sociales constituyentes.
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Vivimos las votaciones finales del histórico Proceso Constituyente luego de un arduo y duro camino para redactar participativamente y en democracia nuestra Constitución, la Constitución de Chile y sus pueblos. Ha sido sin dudas una experiencia enriquecedora y llena de situaciones nuevas y es que el ejercicio democrático le había sido ajeno a gran parte de esta sociedad por mucho tiempo, este momento único en nuestra historia.

Tras 10 meses de trabajo la Convención hoy se alista a votar el Informe de Reemplazo de la Comisión de Medio Ambiente el que incluye temas fundamentales para las transformaciones que el Chile que despertó demanda como son: el Estatuto Constitucional de las Aguas, Estatuto constitucional del Territorio Marítimo, Soberanía Alimentaria, Estatuto Constitucional de la Energía, Estatuto Constitucional de los Minerales, Sistema Económico y Política Fiscal y Derechos Humanos Ambientales.

Con más de 13 años de sequía y crisis hídrica, a abril de este año 188 comunas, equivalentes a más del 50% del total país se encontraban con decretos de escasez hídrica vigentes (DGA 2022), repartidas desde Atacama a Aysén, afectando de esta manera a una  población de más de 8 millones de personas. Así las cosas, parece irrisorio que no se considere una prioridad aprobar el Estatuto Constitucional de las Aguas en un país con 1.251 ríos y 24.000 glaciares (DGA 2016), el que tras años de luchas viene a establecer por fin una regulación del agua como bien común natural más justa y equitativa. Respecto a la gobernanza del agua, ésta sería  articulada desde los Consejos de Cuencas permitiendo incorporar por vez primera a actores que con el régimen actual se han visto impedidos de participar, pues la toma de decisiones se ha limitado exclusivamente a quienes son titulares de derechos de aprovechamiento de aguas (DAA), excluyendo con ello, a todo el resto de la cuenca por el hecho de no ser titulares.

En efecto, el  meollo de este problema de participación  se encuentra en la regulación tanto a nivel constitucional como legal. En el primer caso, el reconocimiento a la propiedad que establece la Constitución actual sobre los Derechos de Aprovechamiento de Aguas en su artículo 19 nº 24 inciso 11, ha significado una obstrucción a las modificaciones legales que se han querido realizar en la materia, ya que, las reformas más relevantes -2005 y 2022- tuvieron una extensa tramitación legislativa que implicó en ambas una discusión de más de 10 años en circunstancias que los cambios requeridos eran urgentes. Asimismo, representa un verdadero caso de estudio, pues, de un total de 92 países (incluida la OCDE completa) Chile sería el único en incorporar al agua en su Carta Fundamental al alero de la propiedad privada (UC 2021). Por su parte, el Código de Aguas establece que cada “…comunero tendrá derecho a un voto por cada acción que posea…”, y para ser comunero es necesario pertenecer a la organización de usuarios, en consecuencia, volvemos al mismo punto donde la participación queda sujeta a la capacidad adquisitiva del titular.

El Estatuto además dispone que la gestión quedará en  la Agencia Nacional del Agua y no en más de 50 instituciones gubernamentales como ocurre hoy (FCH 2021), generando con ello una institucionalidad técnica e independiente con capacidades y atribuciones para poder asistir a los Consejos de Cuenca y propender así a un manejo integrado de cuencas con participación de todos los actores contribuyendo a una gobernanza más justa, inclusiva y equitativa.

En el informe también se establece que “el mar territorial, las playas y los ecosistemas oceánicos y costeros, son bienes comunes naturales inapropiables”. Lo que representará un gran avance en la gestión estatal de estos espacios, pues hoy, por ejemplo, las dunas quedan prácticamente fuera de la actual definición de borde costero, estando en su mayoría en propiedad privada y, por ende, no es posible protegerlas de amenazas antrópicas como las inmobiliarias, tampoco existe normativa que les otorgue protección efectiva. Estos ecosistemas son esenciales para la dinámica costera y constituyen una protección natural frente el aumento del nivel del mar, marejadas y maremotos, no cabe duda de que deben constituir un bien común natural en custodia del Estado.

Dentro de otros temas la votación de mañana incluye una indicación al artículo 17 que instaura la soberanía alimentaria, señalando que “Es deber del Estado asegurar la soberanía y seguridad alimentaria. Para esto promoverá la producción, distribución y consumo de alimentos que garanticen el derecho a la alimentación sana, adecuada e informada, el comercio justo y sistemas alimentarios ecológicamente responsables”. Esto es tener la posibilidad de buscar la mejor forma de asegurar la alimentación de nuestra población, no significa eliminar las exportaciones o las importaciones, sino que “tener las espaldas cubiertas” con la producción nacional y las políticas agrarias y alimentarias, a fin de que las recurrentes crisis de mercado no pongan el peligro el abastecimiento interno ni desaten inflación. La soberanía alimentaria significa también que buscaremos el fomento de los mejores sistemas de mercado, aquellos que permitan ofrecer una alimentación accesible, sana y de calidad. Esto está en concordancia con los artículos que ya forman parte de la propuesta constitucional acerca del “fomento a los mercados locales, ferias libres y circuitos cortos de comercialización e intercambio de bienes y productos relacionados a la ruralidad” y la función social y ecológica de la tierra.

Estos son sólo parte de los Estatutos que incluye el Informe de Medio Ambiente que debatiremos y votaremos en el Pleno de la Convención este sábado. Cada uno de sus artículos ha considerado las opiniones de expertos, académicos, dirigentes socioambientales y de gremios y cada una de las 15 Iniciativas de Norma Popular ingresadas a la Comisión. El nuevo Chile requiere de una nueva Constitución y esa nueva Constitución si o si debe avanzar hacia los equilibrios que por años y décadas han clamado las comunidades en los territorios impactados, entre un nuevo modelo económico y la protección de la Naturaleza y los ecosistemas que habitamos.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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