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Los desafíos del INDH en la hora del recambio de su consejo Opinión

Los desafíos del INDH en la hora del recambio de su consejo

Judith Schönsteiner
Por : Judith Schönsteiner Centro de Derechos Humanos UDP
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Incluso si se aprueba el actual texto de nueva Constitución el 4 de septiembre, Chile mantendrá el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) por casi 4 años (Art. 53° transitorio, borrador de la Constitución de mayo 2022), antes de que sus funciones pasen a la Defensoría del Pueblo, cuyo director(a) sería designado(a) por el Poder Legislativo. Así, durante casi un período electoral, el respeto y la garantía de los derechos humanos en Chile dependerán en considerable medida del actual INDH, por lo que es sumamente importante que este resuelva algunos aspectos de su organización interna que, en el pasado, le han impedido desempeñar sus funciones a cabalidad.

Es especialmente desde el estallido social que estas dificultades se hicieron más visibles, aunque se remontan hasta los momentos previos a la creación de la institución, como se ha demostrado en sucesivos capítulos del Informe Anual sobre Derechos Humanos en Chile, publicado desde hace 20 años por el Centro de Derechos Humanos de la UDP.

En el futuro, las declaraciones y decisiones del director o directora del INDH y los debates en su consejo –que se renueva parcialmente a partir del 4 de julio– debieran volver a regirse por el mandato que la Ley 20.405 encargó a este órgano independiente. Debieran promover y proteger los derechos humanos tal como los definen los tratados internacionales que Chile ha ratificado y se encuentren vigentes, y que no conocen visiones de “derecha” o de “izquierda” sobre estos derechos.

Cuando el INDH entregue entonces su próximo Informe Anual sobre la Situación de los Derechos Humanos al Presidente –por primera vez, a Gabriel Boric–, su desafío será analizar tanto la respuesta del Ministerio Público, de Carabineros, del Ministerio del Interior y del Ministerio de Justicia a las violaciones de derechos humanos cometidas durante el estallido social, como el cumplimiento de los derechos humanos de todos los habitantes de La Araucanía. Deberá evaluar tanto el deber de protección del Estado ante la creciente violencia, como de la protección de niños, niñas y adolescentes en los colegios públicos y privados, en las instituciones de Mejor Niñez, y en las familias. Deberá revisar cómo se logra la garantía de los derechos de las mujeres, incluso sus derechos sexuales y reproductivos, y los derechos civiles, laborales, y sociales de las personas de la diversidad. Al mismo tiempo, debe seguir evaluando el respeto a los derechos humanos de las personas migrantes y de las personas privadas de libertad.

Mientras que el derecho a la vida y a la integridad de las personas requiere de especial atención, en particular, por la irreversibilidad de muchas violaciones a estos derechos, los derechos sociales, incluso el derecho a la seguridad social, también son parte del mandato del Instituto, en virtud del Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales. La prohibición de discriminación en la garantía de los derechos sociales es uno de los mayores desafíos que, como país, enfrentamos.

Los derechos humanos no son de unos u otros. Su respeto tampoco se restringe a una exigencia solamente al Estado: las empresas también deben respetarlos, tal como lo debe hacer cualquier actor que ejerce poder sobre otras personas, como, por ejemplo, las iglesias. En los últimos años, la visión que el INDH ha trasmitido de los derechos humanos, no ha correspondido a lo que el derecho internacional establece. Se espera que esto pueda cambiar, para que la herencia que el INDH hará, eventualmente, a la Defensoría del Pueblo, sea de una labor que honra su mandato de promoción de los derechos humanos reconocidos en Chile.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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