Cuando la violencia no puede convertirse en un beneficio
Señor director:
Desde hace pocos días, quienes sean condenados por femicidio y otros delitos graves, especialmente en contextos de violencia intrafamiliar, no podrán recibir la pensión de sobrevivencia generada por su víctima.
Parece evidente. Pero hasta ahora no lo era para nuestra legislación.
Resultaba difícil de entender que una persona responsable de la muerte de su pareja pudiera, además, obtener un beneficio económico precisamente como consecuencia de esa muerte. Esta ley viene a corregir una situación que no solo era jurídicamente contradictoria, sino profundamente injusta.
Una pensión de sobrevivencia existe para proteger a quienes quedan después de la muerte de una persona. No puede transformarse en un beneficio para quien provocó esa muerte.
Pero sería un error pensar que con esto el problema está resuelto. Cuando hablamos de femicidio, el Estado siempre llega tarde si su única respuesta aparece después del crimen. El verdadero desafío sigue estando antes: prevenir la violencia, proteger oportunamente a quien está en riesgo y acompañar a las familias —especialmente a los hijos e hijas— que quedan viviendo con consecuencias que nunca eligieron.
Esta ley es un avance y había que hacerlo. Porque hay un principio que no debiera necesitar demasiadas explicaciones: nadie puede obtener un beneficio económico de la muerte que él mismo provocó.
La protección del Estado debe estar del lado de las víctimas.
Carmen Gloria Arroyo
Abogada