Opinión
Proyecto de ley “Escuelas protegidas”: entre la seguridad declarada y la inviabilidad práctica
Lejos de ser una caricatura, estas observaciones reflejan preguntas genuinas sobre la aplicabilidad de la ley.
El proyecto “Escuelas Protegidas” busca fortalecer la seguridad y el respeto en las comunidades educativas. Sin embargo, desde nuestra perspectiva, traslada al espacio escolar lógicas de control y vigilancia que desdibujan su naturaleza formativa. Más allá de la intención declarada, el problema central radica en la brecha entre lo que la ley propone y su implementación real. En este marco, se identifican tres medidas que presentan serias dificultades prácticas, operativas y éticas.
En primer lugar, se propone la revisión de mochilas y pertenencias para evitar el ingreso de objetos peligrosos. En un establecimiento de 600 estudiantes, si cada revisión tomara un minuto, se requerirían al menos 10 horas diarias de trabajo dedicadas exclusivamente a esta tarea. Aunque podrían plantearse revisiones aleatorias, esto introduce una lógica arbitraria que abre espacio a discriminaciones y a la búsqueda de responsables cuando el sistema falle, lo que resulta altamente probable. En esos casos, la responsabilidad tendería a recaer en los directores. Además, la medida es cuestionable en su efectividad preventiva, ya que resulta ingenuo suponer que quien desee ingresar un objeto peligroso lo llevará en la mochila. Se trata de una práctica que tensiona el derecho a la privacidad y la dignidad de los estudiantes, instalando una cultura de sospecha que erosiona el vínculo educativo.
En segundo lugar, el proyecto prohíbe el contacto físico y la revisión forzosa, además de exigir que las revisiones se realicen en espacios especialmente habilitados. Esto genera ambigüedades operativas críticas, ya que no se define “contacto físico”, lo que deja a los equipos directivos en una zona gris frente a situaciones urgentes, como la sospecha de porte de un objeto peligroso o la intervención en conflictos. La normativa parece suponer escenarios irreales donde el estudiante coopera voluntariamente, sin considerar la complejidad de la vida escolar. A esto se suma la falta de condiciones materiales en muchos establecimientos, que no cuentan con espacios disponibles para este tipo de procedimientos, obligando a redefinir usos de salas ya saturadas y tensionando aún más la organización escolar.
Finalmente, se establece que la implementación se realizará con los recursos existentes, sin aumento de gasto fiscal. Esta decisión resulta problemática en contextos donde las escuelas ya enfrentan carencias básicas de funcionamiento e infraestructura. En la práctica, implica delegar nuevas responsabilidades sin entregar herramientas, exigiendo más con menos.
Lejos de ser una caricatura, estas observaciones reflejan preguntas genuinas sobre la aplicabilidad de la ley. Las situaciones descritas se asemejan más a funciones de seguridad propias de otros contextos, alejadas del rol pedagógico de los directores y equipos educativos. En lugar de fortalecer la mejora de los aprendizajes y el bienestar, el proyecto arriesga aumentar la sobrecarga administrativa y desplazar el foco hacia medidas punitivas. El riesgo no es solo su ineficacia práctica, sino un tránsito desde un enfoque de derechos hacia uno de seguridad reactiva. Esto debilita el carácter pedagógico de la labor educativa y crea una atmósfera de desconfianza, en contraposición a la construcción de espacios seguros, de contención y confianza. En definitiva, la pregunta de fondo es qué tipo de escuelas se quiere promover: unas que eduquen o unas que vigilen.
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