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Participar para qué: quince años de la Ley 20.500 y el retroceso silencioso Opinión Imagen referencial. Crédito: freepick

Participar para qué: quince años de la Ley 20.500 y el retroceso silencioso

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Danae Mlynarz
Por : Danae Mlynarz Cientista Política y Trabajadora Social. Directora Rimisp – Centro Latinoamericano para el Desarrollo Rural Miembro de la Red por la Participación
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Chile necesita una conversación honesta sobre qué significa participar en la gestión pública y para qué sirve hacerlo.


En febrero de 2011, Chile promulgó la Ley Nº20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública. Era un momento de ebullición: el movimiento estudiantil comenzaba a sacudir la agenda política, la desconfianza en las instituciones acumulaba presión y el país debatía, con urgencia inédita, quién tenía derecho a incidir en las decisiones del Estado. La ley comenzó su tramitación muchos años antes, en el año 2004, se demoró mucho en salir, su implementación ha sido cuestionada y se han realizado consejos, cabildos y estudios para ver cómo mejorarla. Sin embargo, es necesario señalar que fue una respuesta parcial pero concreta: obligó a los órganos de la administración a abrir canales formales de participación, crear Consejos de la Sociedad Civil y rendir cuentas ante la ciudadanía. Era, al menos en el papel, un compromiso con una democracia más porosa.

Quince años después, ese compromiso luce más frágil que nunca.

El pasado 29 de abril, el gobierno del Presidente José Antonio Kast firmó el Instructivo Presidencial Nº4 sobre participación ciudadana en la gestión pública, reemplazando al que había dictado el gobierno anterior en 2022. Una lectura apresurada podría concluir que son documentos similares: ambos hablan de Consejos de la Sociedad Civil, Cuentas Públicas Participativas y plataformas digitales. Pero la semejanza es superficial. Lo que cambia entre uno y otro no está en lo que se dice, sino en lo que se deja de decir, y esa diferencia importa.

El instructivo de 2022 operaba bajo una lógica explícita de corrección de desigualdades. Establecía paridad de género en los Consejos —ningún género podría superar el 60% de los integrantes—, contemplaba cupos para pueblos originarios, exigía que las consultas ciudadanas se desarrollaran con perspectiva de género y mandataba la integración de niños, niñas y adolescentes en los mecanismos participativos. También fijaba un piso mínimo de cinco sesiones anuales para los Consejos, dándoles una presencia institucional regular y exigible. El diagnóstico era claro: sin mecanismos específicos, participan los que ya tienen voz.

El instructivo de 2026 elimina todo eso. No lo contradice frontalmente —no podría hacerlo sin tensionar la propia ley—, pero lo suprime. La paridad desaparece. Los cupos para pueblos originarios, también. La perspectiva de género deja de ser una categoría transversal para convertirse en silencio. El piso de sesiones del Consejo se reemplaza por la fórmula vaga de “periodicidad necesaria”, entregando a la discreción de cada autoridad algo que antes era una obligación medible. En materia de participación ciudadana, lo que no se exige, no ocurre.

El cambio de encuadre es igualmente revelador. El instructivo del Presidente Kast no habla de derechos ni de inclusión: habla de “recuperar la confianza pública” y de mejorar “la calidad de la gestión” ambas declaraciones muy deseadas. Sin embargo, la participación deja de ser un derecho que el Estado debe garantizar activamente y se podría convertir en un instrumento para legitimar decisiones ya tomadas. 

Se da un giro en las cuentas públicas de los Servicios Públicos. El contenido que cada servicio debe reportar cambia: se incorporan “avances en seguridad y orden público” y “medidas de crecimiento económico”, ejes de la agenda del gobierno actual, subordinando así la rendición de cuentas participativa a la comunicación de logros gubernamentales. La participación ciudadana, en esta arquitectura, es un canal de bajada más que un espacio de deliberación.

A quince años de la Ley 20.500, el balance es agridulce. La ley sigue vigente, los Consejos siguen existiendo en el papel, los sitios web institucionales siguen publicando normas de participación. Pero la experiencia comparada y la evidencia nacional muestran que los mecanismos formales sin garantías sustantivas se vacían rápidamente de contenido. Cuando no se exige paridad, los Consejos se masculinizan. Cuando no hay piso de sesiones, los Consejos no sesionan. Cuando la participación sirve para comunicar y no para decidir, la ciudadanía deja de participar.

Chile necesita una conversación honesta sobre qué significa participar en la gestión pública y para qué sirve hacerlo. Esa conversación no puede reducirse a un debate técnico sobre instructivos presidenciales. Pero tampoco puede ignorar que los instructivos tienen consecuencias reales sobre quién tiene voz, cuándo la tiene y si alguien está obligado a escucharla.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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