Publicidad
Orden para los pobres, licencia para los ricos: sobre el registro de vándalos e incivilidades Opinión Crédito foto: gob.cl

Orden para los pobres, licencia para los ricos: sobre el registro de vándalos e incivilidades

Publicidad
Matías Valenzuela M
Por : Matías Valenzuela M abogado, máster en Derecho constitucional y (c) Doctor en Derechos Humanos, Democracia y Justicia Internacional en la Universitat de València, España.
Ver Más

Queda por plantear una pregunta que el gobierno evita: ¿funciona esto? ¿Registrar a las personas y quitarles beneficios reduce la conducta que se quiere sancionar?


El Mostrador Fuente Preferida

Este lunes el gobierno de José Antonio Kast ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto que crea el Registro Nacional de Actos Vandálicos e Incivilidades. El registro será público, electrónico y administrado por el Registro Civil, y en él serán inscritas las personas condenadas por una serie de delitos y faltas establecidos en el proyecto. En total, el proyecto contempla 33 conductas que pueden llevar a una persona al registro y 17 sanciones posibles. Entre ellas, la pérdida de la gratuidad en educación superior, subsidios estatales y la Pensión Garantizada Universal.

La medida fue presentada por el Presidente como una respuesta al deterioro de la convivencia. En su Cuenta Pública, Kast fue directo: “nadie que queme un bus, nadie que destruya lo público merece tener gratuidad en la educación. Nadie que destruya lo público merece tener una Pensión Garantizada Universal”. La frase, dicha desde el podio más solemne de la república, condensa mejor que ningún análisis académico la lógica de este proyecto: quien rompe las reglas pierde el derecho a ser protegido por el Estado.

Esa lógica tiene un nombre. Loïc Wacquant, estudiando la expansión punitiva en las democracias occidentales, documentó cómo el desmantelamiento del Estado social y el endurecimiento penal no son políticas contradictorias sino complementarias: la primera hace de la precariedad una condición permanente para los sectores populares; la segunda administra las consecuencias de esa precariedad mediante el control, la vigilancia y la exclusión. No es el crimen lo que se persigue en primer lugar; se persigue a los pobres. Y no se les persigue para protegerlos, sino para contenerlos.

Para entender de qué estamos hablando, hay que leer el catálogo completo. Entre las conductas que dan origen a la inscripción en el registro figuran también seis incivilidades de competencia de juzgado local: el depósito de escombros sin permiso, el consumo de bebidas alcohólicas en la vía pública, el expendio de alcohol sin autorización, la elaboración de alimentos en la vía pública sin patente municipal y el uso del transporte público sin pagar la tarifa.

Detengámonos ahí. Vender comida sin patente municipal —una práctica extendida entre quienes no tienen capital para formalizar un negocio— queda tipificada como incivilidad en el mismo cuerpo normativo que regula el homicidio de un fiscal. Consumir alcohol en la calle —algo que en cualquier barrio popular de Chile tiene una historia social y económica específica, distinta al consumo en terrazas de restaurantes que nadie sanciona— es también una incivilidad. No pagar el pasaje del metro es incivilidad. Estas no son coincidencias: es la gramática social de la élite traducida en norma jurídica.

Lo que el registro hace, en términos concretos, es codificar como conducta sancionable el repertorio de vida, supervivencia y protesta de los sectores populares. Rayar un muro, interrumpir el tráfico, vender en la vía pública, consumir alcohol en una plaza: estas son prácticas con historia, con función social, con significado político en muchos casos. El grafiti en particular —incluido en el catálogo como “realización no autorizada de rayados, dibujos, mensajes o expresiones en bienes muebles o inmuebles, públicos o privados”— tiene una trayectoria reconocida de expresión política, documentación histórica y arte urbano que ninguna élite cultural cuestionaría si estuviera en una galería. En la calle, es vandalismo.

Ahora bien, el proyecto tiene también un contexto. El mismo gobierno que hoy anuncia tolerancia cero con el rayado en una fachada ha avanzado simultáneamente en la liberalización de permisos ambientales, la flexibilización de plazos de evaluación de impacto ambiental y la reducción de instancias de participación ciudadana en proyectos de inversión. Es decir: cero impunidad con el que interrumpe el tránsito; impunidad estructural con el que contamina una cuenca. El registro sanciona el daño visible, individual, filmable por una cámara de seguridad. El daño difuso, corporativo, acumulado sobre comunidades y ecosistemas, no genera registro alguno.

Esta asimetría no es una omisión ni un descuido legislativo. Es la forma en que el poder oligárquico —y aquí es necesario usar ese término con precisión, no como insulto sino como descripción de un tipo de dominación— organiza el derecho a su favor. La ley no sanciona el daño en abstracto; sanciona el daño de ciertos sujetos sobre ciertos bienes. Los bienes que importan son los que los de arriba usan: el espacio público limpio, la circulación expedita, la propiedad privada intacta. Los bienes que no importan son los que los de abajo habitan: el agua de la comunidad, el aire del barrio industrial, la tierra de la comunidad rural vecina al proyecto minero.

Queda por plantear una pregunta que el gobierno evita: ¿funciona esto? ¿Registrar a las personas y quitarles beneficios reduce la conducta que se quiere sancionar?

La evidencia comparada es consistente en una dirección contraria. Los registros públicos de infractores —cuyo modelo más acabado es el sistema de antecedentes penales de Estados Unidos— han sido documentados como mecanismos que dificultan la reinserción laboral y social, aumentan la probabilidad de reincidencia y profundizan la exclusión de los sectores más vulnerables. Privar a alguien de la gratuidad en educación o de la PGU no lo convierte en un ciudadano más cívico; lo convierte en alguien con menos herramientas para salir de la situación que, en muchos casos, explica su conducta. Si la precariedad es el caldo de cultivo de las incivilidades —como la propia criminología conservadora reconoce cuando habla de “broken windows”—, empeorar la situación material de quien ya vive en precariedad no disuade nada: profundiza el problema.

Pero quizás ese no es el objetivo real. Quizás el objetivo real es otro: producir el registro mismo. Tener una lista pública, consultable por cualquier persona, de quiénes son los vándalos del país. El proyecto estipula que el registro podrá ser consultado por cualquier persona debidamente identificada, con un máximo de cinco solicitudes anuales a través de Transparencia. Esto no es una herramienta de reinserción ni de prevención. Es un instrumento de estigmatización social. El equivalente digital de colgar un cartel en la plaza.

Durante décadas, la desigualdad ante la ley fue una hipocresía funcional: el sistema jurídico proclamaba la igualdad formal mientras la aplicaba de manera diferenciada según clase y acceso a recursos. Era un mito, pero un “mito” con cierta potencia crítica: al menos obligaba al sistema a justificarse, a simular imparcialidad, a responder cuando se lo interpelaba.

Lo que este proyecto inaugura es algo distinto. No simula imparcialidad: construye abiertamente un sistema donde las faltas de los de abajo se acumulan en un registro público, mientras las faltas de los de arriba —la evasión tributaria, la colusión, la contaminación, la captura regulatoria— circulan sin registro alguno. Ya no es necesario el mito. El doble estándar es ahora la norma explícita.

Cabe preguntarse si hay otra forma de responder al problema real que este proyecto dice atender. La respuesta es sí, y no hay que buscarla lejos. Ciudades como Mendoza y Montevideo han construido marcos de convivencia urbana que también sancionan el daño al espacio público, pero con una lógica radicalmente distinta: multas proporcionales, mediación comunitaria, jurados vecinales, reparación directa del daño causado.

En Mendoza, quien raya un muro puede ser llevado ante un jurado integrado por sus propios vecinos y obligado a reparar lo dañado. En Montevideo, el aparato de convivencia tiene mandato explícito de buscar salidas alternativas al conflicto antes de sancionar. En ambos casos, el infractor sigue siendo un sujeto de protección del Estado: responde por lo que hizo sin ser expulsado del pacto social.

La diferencia con el modelo que propone el gobierno de Kast no es de grado sino de naturaleza. Mendoza y Montevideo regulan conductas; el Registro Nacional de Actos Vandálicos regula personas. Y cuando el derecho clasifica personas en lugar de juzgar actos, abandona su promesa más básica: que la ley existe para ordenar la convivencia, no para decidir quién merece pertenecer a ella.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

Inscríbete en nuestro Newsletter El Mostrador Opinión, No te pierdas las columnas de opinión más destacadas de la semana en tu correo. Todos los domingos a las 10am.

Publicidad