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Modificación a Ley de Humedales Urbanos: un grave retroceso ambiental sin sustento técnico
Las normativas son perfectibles y deberían ir adaptándose, pero resulta preocupante que la discusión actual busque permitir el desarrollo de actividades en las áreas de amortiguación, sin considerar las afectaciones a los cuerpos de agua que el mismo instrumento busca proteger.
En 2020 se promulgó la Ley de humedales (21.202) con el fin de dar protección a estos ecosistemas relevantes tanto para la biodiversidad como para las poblaciones humanas. A la fecha se han decretado 138 humedales urbanos en todas las regiones del país, con aproximadamente 18.000 hectáreas protegidas. Sin embargo, hace unas pocas semanas, cinco senadores hicieron una propuesta de modificación de dicha ley, con el objetivo de abrir espacios para el desarrollo de actividades y usos que hasta la fecha debían cumplir con procedimientos de estudio de impacto ambiental para su instalación.
La modificación se organiza en base a dividir un entorno humedal en tres categorías: (1) áreas indispensables, (2) áreas de amortiguación o transición, y (3) áreas de compatibilidad urbana sustentable. Luego, la protección efectiva y más estricta quedaría asociada solamente al área indispensable, permitiendo el desarrollo de intervenciones en las zonas restantes, lo que entre otras cosas reduce la resiliencia de las funciones ecosistémicas esenciales que brindan los humedales.
Si bien zonificar un territorio permite caracterizarlo de forma óptima tanto en su estructura como en sus funciones, es importante considerar que no se pueden separar o aislar áreas que son interdependientes entre sí. Las áreas de amortiguación o transición cumplen funciones importantes, como la conectividad entre ecosistemas y la resiliencia ante perturbaciones. Cuando hay presiones antrópicas en las áreas de amortiguación de un humedal, estas se transforman en un escudo de protección para las áreas indispensables, evitando las afectaciones a sus funciones esenciales, como brindar refugio a biodiversidad, controlar inundaciones, amortiguar crecidas de ríos en períodos de lluvias intensas, así como ser reservorios de agua dulce. Todos, aspectos claves para enfrentar la crisis climática actual.
La construcción de drenajes, equipamiento, viviendas, urbanizaciones o el manejo de aguas lluvias son las tipologías de proyectos que con la modificación de esta ley se excluirían de ingresar al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental. Lo anterior genera una real amenaza en las áreas aledañas a un humedal, pudiendo provocar la fragmentación de los ecosistemas, el efecto borde sobre el humedal y contaminación, así como reducir su capacidad de recepción de aguas lluvias, entre otros servicios ecosistémicos que ofrecen los humedales.
Para este cuerpo normativo, y cualquiera que pudiese modificarse, como la actual “Guía de delimitación y caracterización de humedales urbanos de Chile” del Ministerio de Medio Ambiente, es necesario abrir una conversación transversal y tomar decisiones desde lo técnico científico para buscar un real equilibrio entre conservación y desarrollo.
En esto, es fundamental mantener los tres criterios técnicos vigentes y consensuados por la ciencia a nivel nacional e internacional: hidrología, vegetación hidrófila y suelo hídrico. Esto nos da una base objetiva y argumentada para asegurar una adecuada protección y mantención de las funciones esenciales que hoy nos prestan los humedales dentro de nuestras ciudades.
Las normativas en general son perfectibles y deberían ir adaptándose a las realidades del país, pero resulta preocupante que la discusión actual busque permitir el desarrollo de actividades en las áreas de amortiguación, sin considerar las afectaciones a los cuerpos de agua que el mismo instrumento pretende proteger. Las organizaciones de la Sociedad civil y la academia hemos mostrado permanente apertura al diálogo y a la participación en la construcción del derrotero ambiental del país, y esperamos que el gobierno se pliegue a esa línea de construcción de política pública.
Considerar la propuesta parlamentaria tal como se ha presentado, representa una grave regresión en materia ambiental. El llamado es a trabajar convocando a los diferentes sectores , y siempre sobre una discusión amplia y convocante, que disminuya la posibilidad de sesgos técnicos e ideológicos, asegurando que el foco sea siempre el bienestar y equilibrio de nuestros ecosistemas y de sus comunidades aledañas.
- El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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