Opinión
Autonomía y objetividad: los dos principios que el Ministerio Público no puede transar
Una autonomía que se diluye en las mesas del Ejecutivo, y una objetividad que se doblega ante el clamor por cifras o el peso de los influyentes, dañan por igual la promesa que la institución le hace al país.
En mayo pasado, tras los operativos policiales que permitieron ingresar a Temucuicui en la región de La Araucanía, la exministra Steinert se apresuró a exhibirlos como un logro de gobierno, expresando que “esto corresponde a un trabajo responsable, realizado en atención al mandato del Presidente de la República, y que tiene que ver con las acciones concretas que estamos realizando como Ministerio de Seguridad”.
La fiscalía, por boca de su fiscal nacional subrogante —que es, a la vez, fiscal regional de la zona—, respondió realizando un discreto —pero nítido— rayado de cancha: la labor del Estado en materia de seguridad, dijo, es permanente y “no depende de ninguna manera ni de una autoridad en concreto de las policías, del Ministerio Público o del Ejecutivo”. El episodio dejó al descubierto una tensión que conviene mirar de frente.
Vivimos un tiempo en que la delincuencia manda en la agenda. El Gobierno —cualquiera sea su signo— tiene el deber de enfrentarla, y para ello despliega una política pública: coordina a las policías, convoca mesas de trabajo, fija metas, mide y exhibe resultados.
Todo eso es legítimo y esperable de quien gobierna. El problema aparece cuando, en ese mismo movimiento, se arrastra al Ministerio Público como si fuera una pieza más del engranaje del Ejecutivo. El Ministerio Público no es eso, ni puede serlo.
Desde la reforma de 1997, el artículo 83 de la Constitución Política define al Ministerio Público como un organismo autónomo y jerarquizado, que dirige en forma exclusiva la investigación de los hechos constitutivos de delito, y ejerce la acción penal pública.
Autonomía significa, en su sentido más elemental, que no recibe órdenes, ni presiones, ni siquiera insinuaciones de nadie: ni del gobierno de turno, ni del Congreso, ni de los poderes fácticos que asedian cada vez que una causa incomoda.
Por eso, cuando el fin político del momento es endurecer la mano contra el delito, y ese propósito se vuelve el aire que todos respiran, el Ministerio Público tiene una sola respuesta institucionalmente correcta: “muy bien, pero yo soy autónomo”.
Conviene precisar el punto, porque se presta a confusión. Diseñar la política criminal —qué se persigue con prioridad, con qué recursos, bajo qué estrategia de seguridad— es tarea del Gobierno, que responde políticamente por ella ante la ciudadanía. Investigar y acusar, en cambio, es tarea del Ministerio Público, que responde jurídicamente y con arreglo a la ley.
El aporte a la seguridad del Ministerio Público no consiste en sumarse al relato del gobierno de turno, sino en investigar bien, con independencia de quién gobierne.
Visto así, el desmarque del fiscal en Temucuicui, más que un desaire a la autoridad, fue un acto de higiene institucional: recordar que los resultados no son de una persona ni de una administración, sino del trabajo permanente del Estado.
Pero la autonomía es solo la mitad de la historia. La otra mitad es un principio que se nombra poco y se practica menos: la objetividad.
El artículo 3 de la Ley Orgánica Constitucional del Ministerio Público ordena al fiscal adecuar sus actos a un criterio objetivo, e investigar con igual celo no solo los hechos y circunstancias que funden o agraven la responsabilidad del imputado, sino también los que lo eximan de ella, la extingan o la atenúen.
El fiscal, en otras palabras, no es un cazarrecompensas que sale a cobrar cabezas para engrosar una estadística. Por eso, cuando el ambiente exige resultados, la tentación de perseguir por perseguir —de anotarse el triunfo antes que de buscar la verdad— corroe justamente ese principio.
Un persecutor que se deja arrastrar por la presión de mostrar cifras traiciona la objetividad con la misma gravedad que aquel que se deja doblegar por el poder.
Hay todavía una dimensión más incómoda, y es la que más debiera desvelarnos. La objetividad no es solo mirar las dos caras de cada causa: es aplicar la misma vara a todos. Y ahí el sistema arrastra una vieja asimetría. Con demasiada frecuencia se es cauto y deferente con el poderoso —el que tiene abogados, contactos y espalda para negociar en Santiago— e implacable con el desvalido, con la gente común y corriente que no cuenta con nada de eso.
El caso Audios mostró —con crudeza— cómo un entramado de favores podía permear a fiscales y jueces. Y entonces la pregunta se vuelve ineludible: ¿de qué sirve una autonomía celosamente proclamada y una objetividad escrita en la ley, si a la hora de la verdad los hechos las ponen en entredicho?
Autonomía y objetividad no son adornos del discurso ni fórmulas para la galería: son la columna vertebral del Ministerio Público.
Hoy, ambos conceptos tienen dos amenazas: por un lado, la de dejarse absorber por la política pública del Gobierno, perdiendo la distancia que lo hace confiable; por el otro, la de ceder a la lógica del cazarrecompensas, persiguiendo para lucir resultados y haciéndolo, además, con vara desigual.
Una autonomía que se diluye en las mesas del Ejecutivo, y una objetividad que se doblega ante el clamor por cifras o el peso de los influyentes, dañan por igual la promesa que la institución le hace al país.
Por eso, frente al abrazo del Gobierno, la respuesta del Ministerio Público debe ser siempre la misma: “muy bien, pero yo soy autónomo”. Frente a la presión por resultados, la respuesta debe ser la objetividad, ejercida con igual celo para lo que acusa y para lo que exculpa, con igual vara para todos. Por eso, en el marco de la Constitución y la Ley, y como dijo el Presidente Lagos, “dejemos que las instituciones funcionen”.
- El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.
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