Publicidad
INDH y sentido común: ¿Fortalecer o cercenar? Opinión Archivo

INDH y sentido común: ¿Fortalecer o cercenar?

Publicidad
Osvaldo Torres
Por : Osvaldo Torres Antropólogo social, magíster en Historia, doctor en estudios latinoamericanos, director fundación Prodeh.
Ver Más

La forma de fortalecer al INDH no es restarle atribuciones, sino generar condiciones que mejoren su gobernanza en la dirección propuesta por dicha Comisión técnica, alejándolo del cuoteo político tradicional


El Mostrador Fuente Preferida

El ministro de Justicia y Derechos Humanos, Fernando Rabat, ha declarado recientemente que las actuaciones del INDH muestran todos los días que “rayan en la falta de sentido común”. Agregó que buscará, “más que quitarle atribuciones, reafirmar el rol que debe tener, que es de órgano consultivo”.

Esta postura contradice el sentido común: en la actualidad, el Instituto posee legitimación activa para iniciar acciones legales ante crímenes de lesa humanidad, genocidio, tortura, desaparición forzada, tráfico de migrantes y trata de personas, además de interponer recursos de amparo y protección. Este mandato legal es de protección directa, no “consultivo”.

El argumento de que el Ministerio Público persigue los delitos y que, por tanto, el Instituto está de más, ya fue zanjado durante el proceso legislativo que creó al INDH en 2009. Fue un punto que requirió complejas negociaciones antes de aprobarse con los votos de la Concertación, la abstención de 31 parlamentarios de Renovación Nacional y el voto en contra de 11 miembros de la UDI.

Por lo demás, el INDH no es el único organismo público facultado para querellarse. Existen instituciones especializadas, como el Servicio de Impuestos Internos para asegurar la recaudación fiscal; el Consejo de Defensa del Estado, contra quienes dañen el patrimonio público; el Servicio Nacional de Aduanas, ante delitos transfronterizos; la Dirección del Trabajo, frente a accidentes laborales graves; los municipios, por delitos comunales, y la Fiscalía Nacional Económica, contra la colusión.

En resumen, el argumento de “no comprender” la facultad querellante del INDH devela más bien el deseo de cercenarlo, desprotegiendo a las personas y desconocer la importancia de los derechos fundamentales.

Mientras el Ministerio Público dirige la investigación penal con un mandato de objetividad e imparcialidad para sancionar delitos comunes bajo la legislación nacional, el INDH persigue un fin distinto: establecer la responsabilidad del Estado por la acción u omisión de sus agentes.

Su enfoque no es la persecución penal clásica, sino proteger la dignidad humana y los derechos garantizados por la Constitución y los tratados internacionales. Actúa como un querellante particular que representa a las víctimas de atropellos estatales para evitar la impunidad, exigiendo reparación efectiva y garantías de no repetición. No investiga, propone.

Es comprensible que este rol resulte “molesto” o incómodo para el poder político de turno, pero diversos casos emblemáticos demuestran cómo su intervención eleva los estándares de justicia. En 2014 impulsó la condena por tortura y narcotráfico contra nueve miembros de la PDI de Pudahuel, lo que obligó a mejorar la formación en derechos humanos de la institución.

En 2021, su querella logró sancionar la violación y tortura de una paciente con trastorno del espectro autista (TEA) en el Hospital El Peral, por parte de un funcionario público. Recientemente, en 2025, el INDH interpuso un recurso de protección en favor de una funcionaria de la Armada en Valdivia que había sido violada por un superior y, paradójicamente, sancionada por la institución bajo argumentos morales.

La justicia no solo aplicó la sanción penal al agresor, sino que obligó a la Armada a limpiar el expediente de la víctima y adecuar sus reglamentos con perspectiva de género. Finalmente, en la causas contra el crimen organizado transnacional, como las del Tren de Aragua, la presencia del INDH como querellante por trata y tráfico de personas ha impedido que los migrantes vulnerables sean criminalizados como cómplices, asegurando ante el Tribunal su trato como víctimas, según el Protocolo de Palermo.

Transformar al INDH en un mero “órgano consultivo” significaría despojarlo de sus herramientas jurídicas y subordinarlo al poder político, destruyendo la autonomía esencial que requiere para velar por la población frente a los abusos estatales.

Si efectivamente se quieren implementar las recomendaciones del reciente Informe de la Comisión para el Fortalecimiento del INDH —instancia de composición plural—, la prioridad debe ser asegurar su carácter independiente.

Debemos evitar las trágicas experiencias de países como Paraguay, Venezuela, Nicaragua o El Salvador, donde los institutos de derechos humanos fueron capturados por los gobiernos de turno bajo distintas estrategias, abriendo paso a la impunidad, la violencia institucional, la corrupción y la pérdida democrática de derechos.

La forma de fortalecer al INDH no es restarle atribuciones, sino generar condiciones que mejoren su gobernanza en la dirección propuesta por dicha Comisión técnica, alejándolo del cuoteo político tradicional. La discusión pública debe resguardar que su Consejo cumpla su mandato “caiga quien caiga” y “le guste a quien le guste”. Solo así ayudaremos a robustecer nuestra institucionalidad democrática.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

Inscríbete en el Newsletter +Política de El Mostrador, súmate a nuestra comunidad para informado/a con noticias precisas, seguimiento detallado de políticas públicas y entrevistas con personajes que influyen.

Publicidad