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Drogas, autoridades y política pública: el debate que nadie está dando ANÁLISIS Archivo

Drogas, autoridades y política pública: el debate que nadie está dando

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Nicolás Mena Letelier
Por : Nicolás Mena Letelier Exsubsecretario de Justicia, miembro del directorio de Chile 21.
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El consumo problemático de drogas ha sido, desde hace más de 50 años, una de las mayores preocupaciones de la sociedad. El punto es que no todo consumo es necesariamente problemático, así como tampoco está necesariamente asociado a contextos extorsivos o vínculos con el crimen organizado.


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A propósito de lo sucedido con el ex Subsecretario de Hacienda, Juan Pablo Rodríguez, y el test de drogas al que fue sometido, es necesario entrar al fondo del asunto.

Partamos por aclarar que nadie pone en cuestión que, si un gobierno se autoimpone como regla que para ejercer como autoridad no es posible consumir drogas, dicha norma debe respetarse, y quien no la cumple se expone a ser desvinculado de forma inmediata. Sin embargo, creo necesario dar un paso atrás y discutir qué es lo que se busca con una regla de esas características.

Si el propósito es establecer si una autoridad de gobierno consume drogas de manera tal que dicho consumo sea incompatible con el ejercicio de su cargo, lo razonable sería determinar la periodicidad de ese consumo, a fin de poder establecer si se trata de una persona dependiente y, por ende, no habilitada para desempeñar adecuadamente sus funciones. Este argumento apela a razones de salud: se entiende que, dada su alta exposición, responsabilidad y competencia, una autoridad política no puede tener un consumo problemático de drogas.

Pues bien, si ese fuera el objetivo, es evidente que un solo examen positivo —partiendo de la base de que es correcto— no permite establecer que una autoridad es consumidora habitual. Solo acredita que consumió una sustancia psicotrópica en algún momento determinado, pero en ningún caso demuestra habitualidad ni, menos aún, consumo problemático. De esta forma, un solo examen no basta para establecer si quien se lo realizó es o no dependiente y, por lo tanto, el Estado debería repetir las pruebas dentro de un período acotado de tiempo a objeto de determinar el nivel de consumo. Para ilustrarlo con un ejemplo: quien ha fumado marihuana ocasionalmente, o incluso una sola vez, ejerciendo un cargo de autoridad, no es necesariamente un adicto.

Si el objetivo fuera otro —esto es, determinar algún nexo entre el consumo de drogas y una organización delictual dedicada al narcotráfico—, la pregunta que surge es si por el simple hecho de consumir es posible inferir dicho vínculo y, más aún, si no existen mecanismos más idóneos para detectar una relación extorsiva entre el crimen organizado y una autoridad.

Como señaló con precisión Eduardo Engel en columna publicada en El Mercurio el domingo 2 de agosto: “la cooptación de autoridades por parte del crimen organizado sucede mediante el pago de importantes sumas de dinero, no vendiéndoles cannabis”.

Cabe entonces preguntarse: ¿qué es lo que se persigue con las pruebas de drogas aplicadas a las autoridades? Y, a continuación: ¿la forma en que se está procediendo cumple con dicho objetivo?

Es evidente que si el propósito es alejar de cargos de alta responsabilidad a autoridades que son adictas a alguna droga, o que pudieran estar siendo extorsionadas por una organización criminal dedicada al tráfico de estupefacientes, dichos objetivos no se cumplen con la mera realización de una prueba de drogas ni tampoco cuando ese test, al arrojar un resultado positivo, tiene como consecuencia inmediata e invariable la separación del cargo.

Lo que este tipo de reglas establece, en definitiva, es un estándar de carácter moral: el gobierno del presidente Kast ha llegado a la conclusión de que el consumo de drogas —aun cuando sea esporádico y no problemático, y aun cuando no exista vínculo alguno con una organización criminal dedicada al tráfico de sustancias ilícitas— constituye, por el solo hecho de practicarse, un disvalor que como sociedad debemos sancionar de manera drástica.

Y es precisamente ahí donde resulta necesario abrir un debate serio y racional. Para ello, conviene incorporar cinco dimensiones que el tratamiento público de este caso ha ignorado o abordado de manera insuficiente.

Primera dimensión: la experiencia comparada. En el derecho comparado, los países que aplican controles de este tipo a sus funcionarios públicos —como Estados Unidos, en ciertos cargos de seguridad nacional— lo hacen dentro de marcos regulatorios que contemplan procesos graduales, derechos de impugnación y evaluaciones clínicas complementarias, muy distintos a la lógica de resultado único y sanción inmediata que se ha aplicado en este caso.

No se trata de que dichos países sean más permisivos frente al consumo de drogas, sino de que han comprendido que una política eficaz en esta materia requiere instrumentos proporcionales y procedimientos que distingan entre situaciones objetivamente distintas. Aplicar una regla de tolerancia cero sin matices no es necesariamente señal de mayor rigor; puede ser, en cambio, señal de menor sofisticación en el diseño de la política pública.

Segunda dimensión: los derechos fundamentales en juego. Más allá de la discusión sobre la eficacia de la medida, existe una dimensión jurídica que no puede soslayarse. Desde la perspectiva de los derechos fundamentales, cabe preguntarse si una política de esta naturaleza respeta el principio de proporcionalidad, consagrado implícitamente en nuestra Constitución y de manera explícita en el derecho internacional de los derechos humanos.

Una medida estatal es proporcional cuando es idónea para alcanzar el fin perseguido, necesaria —es decir, cuando no existe una medida menos gravosa que logre el mismo objetivo— y proporcional en sentido estricto, esto es, cuando el beneficio que reporta no es manifiestamente inferior al costo que impone. En este caso, es discutible que se cumplan los tres requisitos. Si el fin declarado es resguardar la idoneidad funcional de las autoridades y prevenir vínculos con el crimen organizado, un test de resultado único que no distingue entre consumo ocasional y consumo problemático difícilmente puede considerarse idóneo, y menos aún necesario, cuando existen mecanismos alternativos más precisos y menos invasivos para alcanzar esos mismos objetivos.

Tercera dimensión: la tensión entre vida pública y vida privada. Subyace aquí una tensión no resuelta entre el legítimo interés público en contar con autoridades íntegras y funcionales, y el derecho a la privacidad de quienes ejercen cargos públicos. Asumir un cargo de gobierno no implica una renuncia total a la vida privada. La pregunta relevante no es solo qué hace una autoridad en su tiempo libre, sino si aquello que hace afecta real y demostrablemente el ejercicio de sus funciones.

Una política pública coherente debería ser capaz de responder esa pregunta con evidencia, y no simplemente presumir que cualquier consumo de drogas, por el solo hecho de serlo, constituye una inhabilidad automática para ejercer un cargo de responsabilidad. De lo contrario, se corre el riesgo de instalar una lógica de vigilancia que, llevada a su extremo, podría extenderse a otros ámbitos igualmente privados de la vida de las autoridades, sin que exista un criterio claro que justifique dónde trazar el límite.

Cuarta dimensión: la inconsistencia del estándar moral aplicado. No puede dejar de advertirse una cierta inconsistencia en la aplicación del estándar moral que se pretende imponer. El consumo de alcohol —sustancia psicoactiva cuyo uso problemático genera enormes costos sociales y sanitarios, y que está estadísticamente asociada a niveles de daño individual y colectivo superiores a los del cannabis— no está sujeto a ningún control análogo.

Esta asimetría revela que la política no descansa tanto en criterios objetivos de riesgo funcional o institucional, sino en una valoración moral selectiva que distingue entre sustancias legales e ilegales con independencia de su impacto real. Si el criterio fuera genuinamente el resguardo de la idoneidad funcional de las autoridades, la coherencia exigiría extender los controles a todas las sustancias que puedan afectarla, y no solo a aquellas que generan mayor reprobación social.

Quinta dimensión: el riesgo del populismo punitivo. En un contexto de creciente preocupación ciudadana por el narcotráfico y el crimen organizado, existe el riesgo de que políticas como esta respondan más a una lógica de señalización política que a una estrategia genuinamente eficaz. Mostrar dureza frente al consumo de drogas puede ser políticamente rentable en el corto plazo —genera adhesión en sectores que asocian el consumo de cualquier sustancia ilícita con la permisividad moral del Estado—, pero no necesariamente contribuye a resolver los problemas reales que se dice combatir.

El populismo punitivo, entendido como la tendencia a adoptar medidas de alto impacto simbólico, pero bajo rendimiento práctico, es una tentación recurrente en contextos de alta demanda ciudadana por orden y seguridad. Resistirla exige que los gobiernos sean capaces de distinguir entre lo que es políticamente conveniente en el corto plazo y lo que es genuinamente eficaz en el mediano y largo plazo. Esa distinción, hasta ahora, ha brillado por su ausencia en este debate.

Nadie duda de que el consumo problemático de drogas ha sido, desde hace más de 50 años, una de las mayores preocupaciones de la sociedad contemporánea. El punto es que no todo consumo es necesariamente problemático, así como tampoco está necesariamente asociado a contextos extorsivos o vínculos con el crimen organizado.

Una política pública seria en esta materia exige coherencia entre diagnóstico, instrumentos y objetivos, distinguir entre situaciones objetivamente distintas, respetar los derechos fundamentales de quienes son sometidos a estos controles, y resistir la tentación de reemplazar el rigor analítico por la señalización moral. Eso, lamentablemente, es lo que hasta ahora ha faltado en este debate.

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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