Opinión
Temporales y territorio: la pregunta que no estamos haciendo
Un temporal es un fenómeno natural. Un desastre, en cambio, es casi siempre una construcción nuestra: una amenaza conocida que encuentra personas y bienes donde no debieron estar.
Los temporales de las últimas semanas dejaron el saldo de siempre: viviendas anegadas, caminos cortados, puentes dañados y familias aisladas. Y trajeron el diagnóstico de siempre: un evento excepcional, una lluvia sin precedentes, algo frente a lo cual poco se podía hacer.
Sostengo lo contrario. No fue excepcional ni imprevisible, y buena parte del daño no lo causó la lluvia: lo causaron decisiones tomadas mucho antes de que lloviera.
El cambio climático se expresa sobre todo en los extremos: más agua en menos horas, isotermas cero que suben y convierten en lluvia lo que antes caía como nieve, suelos endurecidos por la sequía que infiltran menos y escurren más. Los períodos de retorno con que diseñamos los ingenieros —la crecida de 10, 25 o 100 años— ya no describen el mundo en que estamos proyectando. Seguir usando series históricas como si nada hubiera cambiado no es prudencia técnica: es un error de método con consecuencias graves.
Propongo un ejercicio simple: superponer el catastro de daños sobre tres capas —el plan regulador vigente, las áreas de riesgo declaradas y los permisos otorgados—. ¿Estaban esas construcciones en zonas autorizadas? ¿Se emplazaban en cauces, quebradas o planicies de inundación? Mi impresión, tras años en terreno, es que el daño se concentra donde el sistema de autorizaciones nunca actuó, actuó tarde o actuó mal. Pero mi impresión no basta: hay que levantar esa información y publicarla.
A eso se suma un territorio que hemos vuelto menos capaz de absorber el agua: superficies impermeabilizadas sin compensación hidráulica, humedales urbanos rellenados, cauces rectificados que trasladan el problema aguas abajo. Y algo que por mi especialidad no puedo omitir: los microbasurales en quebradas y la basura en la vía pública obstruyen sumideros y colectores justo cuando más se los necesita. Muchos anegamientos no son falta de capacidad de diseño, sino capacidad perdida por obstrucción. Es de los problemas más baratos de resolver.
Detrás de eso hay un sesgo persistente: se financia la obra nueva y se desfinancia la mantención. Se construyen colectores y luego no se limpian. Se ejecutan defensas fluviales y no se revisa su estado tras cada crecida. Se levantan puentes y no se monitorea la socavación de sus cepas. Una obra sin mantención no entrega el servicio para el que fue diseñada, y falla precisamente en el evento extremo. La mantención preventiva es la inversión con mejor relación beneficio-costo de todo el ciclo de vida de la infraestructura; su problema no es técnico ni económico, sino político: no se inaugura.
Por eso el debate sobre la “permisología” está mal planteado. Tenemos procedimientos lentos y discrecionales que hay que corregir. Pero los daños de este invierno no se produjeron por exceso de exigencias: se produjeron donde no hubo exigencia alguna, o donde existía en el papel y nadie fiscalizó ni trató de sacar permisos. Una cosa es la demora, defecto de gestión. Otra es la exigencia sustantiva —dónde se puede construir y con qué obras de mitigación—, que no es una traba: es la única barrera entre una decisión privada y un costo que después paga toda la sociedad en evacuaciones, subsidios, obras de emergencia y, en los peores casos, en vidas.
Lo notable es que nada de esto requiere legislar. Los instrumentos ya existen; los usamos poco, tarde y de manera formal. La Evaluación Ambiental Estratégica, incorporada a la Ley 19.300 por la Ley 20.417 y reglamentada por el D.S. 32 de 2015, obliga a incorporar consideraciones ambientales en los planes de ordenamiento territorial antes de aprobarlos: opera cuando se decide dónde construir, no cuando ya hay gente viviendo ahí. Pero ha sido un trámite, aplicado sobre planes ya decididos y con alternativas formuladas de modo que solo una resulta viable.
Debe incorporar la evaluación del riesgo de desastres con criterio prospectivo —inundación, remoción en masa, aluviones, socavación, incendios de interfaz—, con estudios actualizados y proyecciones climáticas, y no arrastrando áreas de riesgo delimitadas hace décadas. La Ley 21.455, Marco de Cambio Climático, y la Ley 21.364, que creó Senapred, dan el soporte legal. Falta tomárselo en serio y falta capacidad técnica municipal: hoy le pedimos a comunas con equipos mínimos que evalúen riesgos que exigen estudios especializados.
Y debería estar operando ahora mismo, en la reconstrucción. Reconstruir en el mismo lugar, con el mismo estándar y bajo las mismas reglas es garantizar que el próximo temporal encuentre exactamente la misma exposición. La urgencia de la emergencia no puede volver a ser el argumento para saltarse la decisión territorial: es precisamente cuando hay que tomarla.
Un temporal es un fenómeno natural. Un desastre, en cambio, es casi siempre una construcción nuestra: una amenaza conocida que encuentra personas y bienes donde no debieron estar.
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