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Iniciativas opuestas en el Parlamento: la gestación subrogada Opinión

Iniciativas opuestas en el Parlamento: la gestación subrogada

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Marta Maurás
Por : Marta Maurás Directora en el Foro Permanente de Política Exterior. Embajadora de Chile ante las organizaciones internacionales de Derechos Humanos con sede en Ginebra, Suiza (2014-2018)
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En este debate los derechos del niño o niña que está por nacer y la dignidad de la mujer son dimensiones insoslayables.


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En la Cámara de Diputados como en el Senado se debaten iniciativas contradictorias sobre la Gestación Subrogada (GS), en la primera para prohibir y en el segundo para regular la Reproducción Humana Asistida, en particular la GS. Este es un debate valórico y científico que merece ser conocido públicamente porque atañe a la dignidad de las personas y a sus derechos humanos. 

La evidencia indica que frente al deseo legítimo de tener una familia y los avances vertiginosos de la medicina, la prohibición de la GS no erradica la práctica; las parejas o personas que buscan una solución a la infertilidad o inhabilidad de formar una familia se ven forzados a salir de Chile para buscar una respuesta segura. Esto fomenta la clandestinidad, el desamparo jurídico, y el “exilio reproductivo” de aquellos cuyo lugar de nacimiento, pero no de “acogida”, es otro país. Efectivamente tanto la mujer gestante como el niño por nacer pueden ser víctimas de venta o de abusos en este proceso. Por ello, una regulación que acompañe a la ciencia con certezas jurídicas, tamizaje de salud, asesoría legal independiente, y con consulta a la comunidad concernida puede, y así lo dice la experiencia, otorgar respuestas humanas y dignas.

En este debate los derechos del niño o niña que está por nacer y la dignidad de la mujer son dimensiones insoslayables. El Derecho Internacional de los Derechos Humanos da cuenta de ello sin que aún exista unanimidad entre los expertos internacionales sobre la regulación más efectiva, pero los principios fundamentales están claros.

 La Convención sobre los Derechos del Niño de ONU, ratificada por Chile el 13/08/1990, y las directrices de UNICEF son categóricas: la filiación, derecho a la identidad, nacionalidad y conocimiento de los orígenes biológicos del niño/niña deben quedar garantizados sin excepción alguna. Esto significa que al examinar el interés superior del recién nacido por GS se lo debe hacer con un umbral de preeminencia absoluta sobre cualquier otra consideración o interés de las partes o de las circunstancias. Jamás un niño puede ser penalizado ni quedar en la apatridia o invisibilidad legal por las condiciones de su concepción y, por cierto, el Derecho Internacional lo protege contra la venta. Y sin embargo sucede, en ausencia de reglas claras que pongan a disposición los avances de la ciencia, el conocimiento sobre salud sexual y reproductiva en el mundo, los derechos humanos y nuestro propio marco jurídico. 

Asimismo, la prevención de la explotación, comercial o no, de la mujer requiere un marco institucional estricto que blinde su autonomía corporal, psicológica y social y tome resguardos frente a las asimetrías de poder a que se enfrentan, reconociendo a la mujer como un agente moral capaz de decidir sobre su cuerpo y su vida en condiciones de libertad. 

Por ello, una regulación seria y basada en evidencia es indispensable para prevenir la explotación, proteger la dignidad de la mujer, los derechos de las partes —incluido el recién nacido— y asegurar condiciones de justicia social e igualdad sustantiva que el libre mercado o la prohibición absoluta no logran garantizar. Sería aconsejable que las diferentes instancias del Parlamento que están avanzando iniciativas legislativas en este tema logren un objetivo común: abordar con humanidad, rigor científico y perspectiva de derechos humanos el vacío normativo existente sobre la Reproducción Humana Asistida (RHA) como marco de la GS para responder al anhelo de tener una familia. Para ello, también el gobierno y los medios harían bien en escuchar las voces de todos y todas las interesadas. Chile necesita visión política para legislar sobre Gestación Subrogada tomando en cuenta la progresividad del derecho internacional y nacional y el apego a nuestros compromisos internacionales sobre Derechos Humanos. 

  • El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial ni postura de El Mostrador.

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