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El informe sobre sectas que pasó sin pena ni gloria para el Gobierno

La comisión investigadora de la Cámara de Diputados comenzó a trabajar el 2000 en una serie de propuestas para impedir la proliferación de sectas, entre ellas las satánicas. Pese a que los resultados del reporte fueron dados a conocer el año pasado, parlamentarios de distintos sectores coincidieron en que ninguna de las medidas recomendadas ha sido aplicada por la autoridad.


El sábado 24 Rodrigo Orias asesinó al sacerdote Faustino Gazziero en la catedral. Apuñaló al religioso después de misa y, según los testigos, luego se lavó la cara con su sangre.



Desde entonces el debate sobre las sectas ha recobrado actualidad. Si bien no se ha confirmado que Orias haya pertenecido a una organización de carácter satánico, la forma en que asesinó a Gazziero ha generado pánico en la ciudadanía y los consiguientes cuestionamientos en orden a si las autoridades están preparadas para enfrentar, reprimir o, mejor aún, evitar este tipo de hechos.



Aunque actualmente no existe una organización gubernamental abocada específicamente al tema, sí ha habido propuestas en esta línea. El año pasado se dio a conocer un informe de la comisión investigadora de la Cámara de Diputados sobre la existencia y actividades de las sectas peligrosas en Chile, documento que contiene una serie de propuestas enfocadas a contener la actuación de grupos con perfil destructivo.



Según el senador RN Alberto Espina, quien presidió la comisión que inició su labor en el 2000, el informe es una importante contribución para impedir que las sectas "sigan operando impunemente", ya que a su juicio éstas no cuentan con ningún control en el país.



Para el parlamentario, pese a que el trabajo realizado puede ser calificado de "completísimo", lamentablemente no ha sido recogido por las autoridades. En este mismo sentido habló el diputado DC Zarko Luksic y también el abogado y experto en sectas Humberto Lagos, quien asesoró técnicamente a la comisión. Este último aseguró que no obstante la suma de propuestas que contiene el documento, puede decirse que hasta el momento se ha hecho "poco o nada".



El documento ignorado



El informe de la Cámara de Diputados parte detallando que las sectas peligrosas se caracterizan por contar con un líder carismático que demanda un seguimiento fanático de parte de los integrantes del culto. Seguimiento que incluye, por una parte, someterse a maltratos físicos y a conductas sexuales pervertidas y, por otra, romper lazos con familiares, amigos, educación y escala de valores.



De acuerdo al reporte, otra de las características de estas organizaciones es la promoción de actitudes agresivas hacia las iglesias tradicionales, tales como la profanación de templos y lugares significativos para las entidades cristianas, lo que se ve más frecuentemente en las sectas de inspiración satánica.



El informe también menciona otras prácticas como la profanación de cementerios, la necrofilia y necrofagia, el fomento de suicidios individuales y colectivos, junto con el enriquecimiento ilícito de los líderes por la vía de la explotación de sus fieles.



Partiendo de esta caracterización de las sectas peligrosas, el informe propone una serie de medidas tendientes a controlar la proliferación y accionar de estos grupos, pero sin alterar el modelo de confianza y respeto de la libertad de cultos que rige en el país, basado en la Ley 19.638.



Las propuestas parlamentarias se agrupan en torno al derecho penal frente al tema; a la reforma en el ámbito del derecho eclesiástico del Estado; a cómo resguardar a las familias de los miembros de estos grupos; a la seguridad social frente a las sectas; y a la tributación de estas entidades.



Respecto del derecho penal frente a las sectas las propuestas de la comisión recomiendan el perfeccionamiento de algunas figuras jurídicas como la publicidad engañosa, el abandono de personas en peligro, el abuso de confianza, el ejercicio ilegal de profesiones de tipo médico y, en general, de delitos que se vinculan con la pedofilia.



Sobre este punto, Luksic, también miembro de la comisión, enfatizó que una modificación del Código Penal no sólo debe circunscribirse a las sectas satánicas "sino que a todo grupo que promueva la violencia o ciertos actos en que las personas pierdan la voluntad", aseveró.



En el tema de las reformas en el ámbito del Derecho Eclesiástico del Estado la comisión busca principalmente que se precise mejor lo que se entiende como "entidad religiosa".



Al respecto, Humberto Lagos sostuvo que actualmente "hay una indefinición de lo que se entiende por entidad religiosa", ya que cualquier agrupación que quiera reconocimiento como ente de derecho público, por la vía de esta ley 19.638, puede autodefinirse como tal y "el Estado, a través del Ministerio de Justicia, no puede discutir esa autodefinición".



A juicio del abogado "cualquier secta religiosa destructiva puede decir, bueno, nosotros vamos a adorar a Satanás. Y no es delito en Chile". El especialista cuestionó que la cartera de Justicia sólo pueda hacer observaciones de forma, pero no de fondo, al tema y que una vez constituido en persona de derecho público, sea «prácticamente imposible cancelar la personalidad jurídica a uno de estos grupos, aunque hubiere, por ejemplo, cometido algún tipo de delito".



En este sentido, el diputado UDI Eduardo Díaz coincidió en que una de las situaciones que permite el surgimiento de sectas es que no existen mayores trabas para otorgar la personalidad jurídica. Sin embargo, subrayó que no todos estos grupos amenazan el orden público, por lo que tampoco es conveniente aplicar medidas demasiado restrictivas.



Por su parte, Luksic planteó que "durante el debate del proyecto, el mundo evangélico sostuvo que los antecedentes exigidos para formar una entidad fueran los mismos que para cualquier tipo de organización funcional, es decir, mínimos. Además, se solicitó que la función del Ministerio de Justicia en estos casos se limitara sólo a aceptarlos. En esa línea, si se comete algún hecho delictivo durante el ejercicio de una iglesia, los tribunales de justicia son los encargados de conocerlos", explicó.



No obstante, recalcó que, a su juicio, la normativa que debe modificarse es la incluida en el Código Penal, debido a que cambiar la Ley de Culto podría generar un conflicto con el mundo protestante.



En cuanto al resguardo de las familias, el documento recomienda "estudiar el establecimiento de una premayoría en materia religiosa (15 años) para que el joven pueda hacer su opción personal" de culto. Además, que la Academia Judicial "desarrolle cursos para jueces de menores acerca de la actividad sectaria" y que los programas curriculares y extra programáticos tanto de educación media como superior incluyan seminarios o talleres sobre sectas, "lo cual supone que los educadores deben a su vez tener una adecuada formación e información en estas materias".



Sobre el derecho laboral, las recomendaciones del informe apuntan a que la Dirección del Trabajo y el ministro del ramo revisen la normativa existente, de modo de determinar si la relación entre los adeptos, los ministros de culto y la organización constituyen un verdadero contrato de trabajo. Y, además, "revisar qué derechos y deberes tiene el empleador corriente respecto del trabajador que pertenece a una secta o un nuevo movimiento religioso".



Acerca del derecho tributario y las actividades sectarias, el reporte plantea que en general estas "organizaciones son malas contribuyentes", por lo que "el Estado debería ser inflexible si al amparo de la libertad religiosa, las entidades sectarias realizan actividades, incluso amparándose en corporaciones o fundaciones de beneficencia, culturales, socioeducativas, etcétera".

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