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Chevesich prescribe cargos contra Matías de la Fuente en arista Délano

Ministra en visita determinó que había vencido el plazo de cinco años establecido en la ley para perseguir responsabilidades en el delito de fraude al Fisco que le imputaba al primo político del ex Presidente Ricardo Lagos. Sin embargo, mantuvo vigente la acusación respecto a la falsificación de instrumento público, el único cargo que enfrenta el otrora funcionario del MOP.


La ministra en visita Gloria Ana Chevesich, que pesquisa las irregularidades registradas al interior del Ministerio de Obras Públicas (MOP), decidió aplicar la prescripción a favor del ingeniero Matías de la Fuente, primo político del ex Presidente Ricardo Lagos, en una de las aristas de la investigación.



Según fuentes judiciales, el dictamen se refiere al episodio relativo a dos contratos suscritos entre la secretaría de Estado y la consultora M&P Délano, por un monto superior a los $ 92 millones, donde el otrora asesor presidencial estaba procesado por fraude al Fisco y falsificación de instrumento público.



La jueza adoptó la medida al determinar que había vencido el plazo de cinco años establecido en la ley para perseguir responsabilidades en el delito de fraude al Fisco, aunque decidió mantener vigente la acusación contra el pariente del ex gobernante respecto al segundo ilícito.



La prescripción también se hizo extensiva al propietario de la empresa consultora, Pablo Délano, quien encontraban encausado como autor de fraude y estafa al Fisco.



En el caso del otrora jefe de finanzas de Vialidad del MOP Sergio Cortés, la magistrada mantuvo los cargos de fraude al Fisco, debido a que su defensa no presentó consideraciones previas a la dictación de la sentencia por parte de Chevesich.



Sin embargo, en virtud de lo determinado este martes, es altamente probable que al momento de emitir su fallo, la ministra aplique el mismo beneficio a favor de Cortés.



Los hechos



Chevesich imputaba a De la Fuente, en su calidad de jefe de Planeamiento del MOP entre 1997 y agosto de 1998, vínculos con dos contratos irregulares suscritos entre esa secretaría de Estado y la firma M&P Délano Consultores, por $47.128.271 y $45.531.480, respectivamente, dineros que habrían sido destinados al pago de sobresueldos.



Según la jueza, estos convenios eran innecesarios para el MOP y, además, tampoco se pudo probar que efectivamente se hubieran realizado, porque las eventuales contrapartes técnicas al interior de la cartera o los inspectores fiscales desconocían su existencia.



La magistrada sostenía que De la Fuente «abusando de su oficio" instruyó a Cortés para que emitiera resoluciones adjudicando los convenios para «tener un respaldo documental que permitiera sustraer del patrimonio fiscal esas sumas de dinero" para destinarlas a sobresueldos.



La medida se suma a la de la Corte de Apelaciones de Santiago -ratificada por la Corte Suprema-, que en diciembre pasado revocó los procesamientos dictados por Chevesich contra De la Fuente en la arista sobre el presunto desvío de dineros fiscales a campañas políticas.



En dicha investigación, el otrora asesor presidencial también estaba encausado como autor de fraude al Fisco, la supuesta triangulación de $ 4,7 millones fiscales para financiar el sitio web a través del cual se promocionó la candidatura presidencial de Lagos en 1999.



Rechaza incompetencia



En una extensa resolución, la magistrada también desestimó declararse incompetente para investigar este tipo de contratos, rechazando de esta manera una solicitud presentada por la defensa de De la Fuente.



Los abogados de Matías de la Fuente planteaban que la jueza había sido designada por la Corte de Apelaciones de Santiago sólo para investigar los contratos entre el MOP y la consultora GATE, con lo que quedaban fuera de su conocimiento los convenios con otras empresas.



La ministra recordó una serie de dictamenes suyos que fueron revisados por tribunales superiores, en los que su competencia no fue objetada e, incluso, fue ratificada.



«La excelentísima Corte Suprema con motivo del amparo que se presentó por este episodio conoció de los hechos (…) y confirmó tácitamente la competencia del tribunal para conocer de ellos", puntualizó la jueza.

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