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Los argumentos de la Suprema para anular juicio contra ejecutivo bancario

Segunda Sala del máximo tribunal desestimó posibles vulneraciones a la presunción de inocencia y el debido proceso esgrimidas por la defensa de Jorge Tocornal Babra. Sin embargo, consideró que no está claro cuándo se produjeron los abusos sexuales a los menores, debido a las discrepancias en los informes periciales que fueron considerados en el proceso.


Una dura batalla judicial deberán enfrentar nuevamente el fiscal Xavier Armendáriz y el abogado penalista Luis Hermosilla, luego de que la Corte Suprema anulara la condena por abusos sexuales a menores contra el ejecutivo bancario Jorge Tocornal Babra, acusado de violar a sus hijos de 10 y 5 años.



Luego de que, en decisión dividida, la Segunda Sala del máximo tribunal ordenara realizar un nuevo juicio contra el ex subgerente del banco BBVA, tanto la Fiscalía como la defensa de Tocornal deberán preparar sus estrategias para el nuevo proceso, que se realizará en los próximos meses en un tribunal oral de Santiago.



Esta es la cuarta vez que la Suprema ordena la realización de un nuevo juicio en un caso de relevancia pública. Anteriormente se procedió de la misma forma en el caso de la violación a dos monjas de La Serena, el proceso por terrorismo contra los dirigentes mapuches Pascual Pichun y Aniceto Norin, y el por incendio en Talca del empresario José Chat. Sólo en este último la Fiscalía perdió en el nuevo juicio y los imputados fueron absueltos.



Tras el fallo del miércoles, el abogado Hermosilla no podrá argumentar la vulneración del principio de presunción de inocencia y falta a las normas del debido proceso, pues el máximo tribunal determinó que no se ha producido ningún tipo de violación a ese tipo de procedimientos.



El defensor, eso sí, podrá centrar sus argumentos en tratar de destruir las pruebas presentadas por la Fiscalía contra su cliente, ya que ése es uno de los aspectos integrales de la sentencia de la Suprema.



Argumentos



Para los ministros Alberto Chaigneau, Rubén Ballesteros, Hugo Dolmestch y el abogado integrante Juan Carlos Cárcamo, que suscribieron el voto de mayoría, de la redacción de la sentencia del Tribunal Oral de Santiago no se desprende con claridad cuáles fueron los argumentos considerados para dictar la condena y escoger las pruebas que inculparon a Tocornal.



El ministro Domingo Hernández, que firmó el voto de minoría, argumentó lo contrario y estimó que está claro que los jueces ponderaron todas las pruebas para sentenciar al ejecutivo.



El considerando 15° del fallo resulta clave para entender el procedimiento del máximo tribunal: "La existencia de aparentes discrepancias entre los informes periciales producidos en la causa, en cuanto a la fecha y naturaleza de las lesiones que han sido advertidas en el menor, no han sido obstáculo para tener sentada su naturaleza y origen, lo que sin embargo ha ocurrido sin que los jueces expliquen o den razón de tal proceder", dice el fallo.



En el considerando siguiente, los jueces ahondan en este aspecto y agregan que en la sentencia del tribunal oral los jueces debieron plasmar argumentaciones claras en cuanto a la data de las agresiones atribuibles al delito de violación y que se detectaron en uno de los hijos de Tocornal.



"Que, del mismo modo y para cumplir los fines de fundamentación del fallo, particularmente aquel que permita reproducir de forma clara y precisar el razonamiento de los sentenciadotes, no concurre, a la hora de decidir, cual es la data de las lesiones, las razones por las cuales no fue posible determinar la fecha en que ocurrieron, ya sean estas positivas o negativas, y las consecuencias, si alguna tuviere, en la decisión definitiva", sostiene la resolución.



Aunque el fiscal Armendáriz restó relevancia al fallo de la Corte Suprema, asegurando que sólo se detectaron problemas de redacción, fuentes de tribunales afirman que en el nuevo juicio oral serán claves los testimonios que puedan entregar los peritos.

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