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Juez Alvarez decide rechazar solicitud de extradición de Alberto Fujimori

En una extensa resolución, el magistrado estimó que en los cargos levantados por la justicia peruana no se acredita la participación del imputado, como en las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, en algunos se aplica la prescripción y en otros los hechos no configuran delito. Decisión aún debe ser revisada por la Corte Suprema.


El ministro instructor de la Corte Suprema Orlando Álvarez resolvió este miércoles rechazar la extradición del ex presidente peruano Alberto Fujimori solicitada por la justicia de su país, que lo requiere para que responda por los cargos levantados en su contra por delitos de corrupción y de violaciones a los derechos humanos.



Aunque se estimaba que el magistrado diera a conocer su resolución el próximo jueves, sorpresivamente a primera hora de este miércoles se iniciaron una serie de movimientos los tribunales de justicia que indicaban que este miércoles se resolvería en primera instancia el requerimiento peruano.



La resolución del juez será revisada por la Sala Penal de la Corte Suprema, que tiene la última palabra sobre el futuro del ex mandatario (1990-2000) sin necesidad de apelación.



El fallo fue entregado por el jefe de Comunicaciones de la Corte Suprema, Cristián Fuenzalida, quien dijo que en espera de que el caso sea visto por la Sala Penal, Fujimori se mantendrá con la medida cautelar de detención domiciliaria. "En espera que el caso sea visto por la segunda sala penal, Alberto Fujimori se mantendrá con la medida cautelar de detención domiciliaria», agregó Fuenzalida.



La resolución de Álvarez tomó por sorpresa tanto a las organizaciones sociales como también a abogados ligados a causas de derechos humanos, ya que el trascendido que reinaba en los pasillos de tribunales era que el magistrado acogería la solicitud peruana.



El dictamen también sorprendió a círculos políticos y diplomáticos, donde se daba como más probable una resolución a favor de la extradición, considerando el informe (no vinculante) a favor de la extradición entregado el pasado 7 de junio por la fiscal de la Corte Suprema, Mónica Maldonado.



No se acreditan delitos



En un extenso fallo, el magistrado Orlando Álvarez respondió a cada una de las acusaciones que efectuó el Estado peruano contra Fujimori, imputado por dos casos de violaciones a los derechos humanos y diez de corrupción por la justicia peruana.



El análisis incluye los casos: Allanamiento, Barrios Altos-La Cantuta, Sótanos SIE y 15 millones (pagos ilegales a su asesor Vladimiro Montesinos). Además, los casos Pago Sunat-Borobio, Faisal-Aprodev, Tractores chinos y medios de comunicación, Medicinas chinas, Intervención telefónica, Congresistas tránsfugas y Desviación de fondos y Decretos de urgencia para integrar una organización delictiva.



Los argumentos se resumen en que en la mayoría de los cargos contra el ex gobernante peruano no se acredita la participación del imputado, en algunos se aplica la prescripción y en otros los hechos no configuran delito, según la legislación. «Cabe concluir que no está debidamente demostrado en estos autos la participación de Alberto Fujimori en la calidad que se le ha atribuido en la solicitud de extradición, en todos los delitos comprendidos en dichos doce casos», señaló Álvarez.



Agregó que, por todo ello «es posible deducir que no se ha acreditado en esta causa que el requerido hubiere cometido los ilícitos que se le atribuyen».



En el caso de los delitos de violaciones a los derechos humanos, el magistrado rechazó los delitos de lesiones graves y secuestro de su ex mujer Susana Higuchi, Leonor La Rosa y Hans Ibarra por no haberse acreditado que incurrieron, los raptos de Gustavo Gomato y Samuel Dyer, por encontrarse prescrito su acción penal.



En cuanto a las matanzas de Barrios Altos y La Cantuta, el magistrado desestimó los cargos de homicidio calificado, lesiones graves y desaparición forzada de personas por no aparecer acreditado la participación de Fujimori.



Sin embargo, el magistrado desechó los argumentos de la defensa, que sostenían que Fujimori no fue procesado en Perú conforme a los requerimientos de los tribunales chilenos; que se violaron las garantías del debido proceso; que en Perú no se respetó el principio judicial non bis in idem, que implica que nadie puede ser condenado o procesado dos veces por el mismo delito.



Ex mandatario celebra fallo



Pasadas las 11 de la mañana llegó hasta la Corte Suprema uno de los abogados que defiende a Fujimori, Francisco Veloso, quien se manifestó conforme con la resolución.



Veloso dijo que el ex gobernante peruano recibió la noticia acompañado de su hija, la legisladora peruana Keiko Fujimori y que no ocultó su júbilo con la noticia, pese a que se trata de un dictamen que aún no es definitivo.



Asimismo, el abogado Gabriel Zaliasnik dijo que el fallo de Álvarez es «categórico», por cuanto establece que no pueden ser acreditado «ninguno de los delitos que se le atribuyeron» al ex presidente.



Zaliasnik recordó que cuando el ex gobernante llegó a Chile dijo que él quería enfrentar «un poder judicial independiente, un poder judicial que él no podía encontrar en Perú».



«Por primera vez hay un verdadero pronunciamiento de un tribunal de justicia, nada menos que de un ministro de la Corte Suprema, que rechaza completamente los cargos que se le imputaban al señor Fujimori», indicó.



Abogado del Estado peruano, sorprendido



En tanto, el abogado Alfredo Etcheberry no ocultó su sorpresa con la decisión judicial, al sostener que el dictamen del magistrado es completamente contradictorio con lo resuelto con la fiscal Maldonado.



«O sea Fujimori no supo nada del Grupo Colina, de la Cantuta, o sea eso lo hacían los otros y Fujimori se limitaba a ser presidente» señaló el jurista.



«No estoy en polémica con el ministro, pero la fiscal fue de opinión de que los antecedentes fueron muy categóricos para establecer la autoría de Fujimori, el ministro dice que no le pareció convincente", añadió.



«Esto tiene tres tiempos, un bando ganó uno, el otro ganó el segundo y ahora la Corte Suprema deberá resolver", precisó.



Destacó lo «diametralmente opuestos» que son las resoluciones de la fiscal y el ministro, lo que crea gran expectativa referente a lo que deberá resolver la Sala Penal. «Espero que los ministros se tomen su tiempo para dictar un fallo justo», finalizó.



Confusiones en la notificación



La notificación del fallo sufrió más de un percance en horas de la mañana luego que el trámite fuera suspendido en un primer momento por una orden de la presidencia de la Suprema, que modificó nuevamente tal decisión en el curso de la mañana.



De hecho, el secretario del máximo tribunal, Carlos Meneses, se dirigía al sector de Chicureo donde Fujimori se encuentra bajo arresto domiciliario cuando recibió un llamado para que dejara sin efecto el procedimiento.



Ello despertó la sorpresa y la indignación de los abogados de ambas partes que se encontraban en el Palacio de los Tribunales a la espera de conocer el dictamen.



Sin embargo, minutos después que se informara que el fallo se haría público el jueves, se indicó que la notificación sí se había llevado a efecto y se procedió a informar la decisión del ministro Álvarez.





ADEMÁS:



Vea el fallo completo



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