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Comienza a regir ley que prohíbe ingresos base inferiores al sueldo mínimo


El lunes último se publicó en el Diario Oficial la ley 20.281 que modificó el Código del Trabajo en materia de remuneraciones, estableciendo que los salarios base no podrán ser inferiores a un ingreso mínimo mensual, es decir, 159.000 pesos.



Según informó el portal de la Cámara de Diputados, la ley subraya que si se pactan jornadas parciales de trabajo, el sueldo no podrá ser inferior al mínimo vigente, calculado en proporción a la jornada ordinaria de trabajo.



La normativa, que regulará principalmente las condiciones laborales de los trabajadores comisionistas, otorga también un plazo de seis para aplicar la nueva normativa a este grupo de empleados.





Además:



Revise el texto de la ley





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